Los interesados deberán presentar las solicitudes en un plazo de veinte días

El Juan Ramón Jiménez busca un jefe de Servicio de Farmacia Hospitalaria
Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva.


4 abr. 2018 10:45H
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POR REDACCIÓN
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha convocado la cobertura, mediante el sistema de libre designación, de un puesto de jefe de Servicio de Farmacia Hospitalaria en el Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva. Asimismo, ha aprobado las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular publicados en la resolución de la convocatoria.

Así, el proceso selectivo será evaluado por una Comisión de Selección y constará de dos fases: por un lado, la evaluación curricular y de las competencias profesionales y, por otro, la evaluación de un proyecto de gestión. En el primer caso, se tendrán en cuenta los méritos profesionales de los aspirantes que permitan conocer su aptitud, idoneidad, experiencia asistencial, formación y actividades docentes e investigadoras, todo ello mediante la aplicación del Baremo de Méritos.

En el caso del proyecto de gestión, cada candidato deberá exponerlo ante la Comisión de Selección y su contenido deberá incluir todas las líneas de actuación: asistencial, docente, investigación e innovación, y gestión del área de responsabilidad. La defensa de Proyecto de Gestión se realizará mediante exposición en un acto público, seguida de un debate con los miembros de la Comisión en el que se valorarán los aspectos claves del trabajo.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el boletín autonómico de Andalucía. Finalizado este plazo, se aprobará la lista de admitidos y excluidos. Una vez resueltas las alegaciones, se publicará la definitiva.

La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del cargo por un periodo de cuatro años de duración, que será realizado por la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario al que se encuentre adscrito el cargo intermedio y que, en ningún caso, implicará el traslado de la plaza básica de la que, en su caso, sea titular.
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