Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del Gobierno vasco contra una sentencia que reconoce el derecho de un farmacéutico a que le devuelvan la adjudicación de una oficina de farmacia, a pesar de tener más de 65 años.
La resolución del director de Farmacia denegó la solicitud de creación de una oficina en Vitoria por haber alcanzado esa edad, aunque el fallo de instancia declaró la disconformidad a derecho de las resoluciones recurridas y las dejó sin efecto.
La sentencia recuerda el pronunciamiento del Tribunal Constitucional que explica que la única razón dada por la Administración para denegar la solicitud formulada en su día por el demandante había quedado privada de fundamento legal como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad del inciso “farmacéuticos de más de 65 años”.
Por este motivo el alto tribunal declara su derecho a la instalación de la oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Vitoria.
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