Ricardo Martínez Platel. Madrid
Los tribunales han condenado a indemnizar a un joven que quedó parapléjico tras ser sometido a una operación para corregir su una desviación grave de columna, al no poder documentarse que el paciente fuera informado de los riesgos y diera su consentimiento.
La sentencia del Supremo desestima los motivos del recurso presentado por la Administración contra la sentencia de instancia que fijó la cuantía indemnizatoria. El fallo incide en que la información ofrecida al paciente no está documentada, por lo que no consta que éste tuviera acceso a una información entendible y concreta respecto de las específicas secuelas que podía acarrear la operación.
El joven comenzaba a tener problemas respiratorios y neurológicos que sólo podrían detenerse con la operación. Los problemas se presentaron al liberar un cordón medular comprimido durante años, lo que se complicó con la infección de la herida quirúrgica causando secuelas definitivas.
La sentencia subraya que no sólo puede constituir infracción la omisión completa de consentimiento informado, sino también descuidos parciales. Así, insiste la Sala en que “una cosa es la incerteza o improbabilidad de un determinado riesgo, y otra distinta su baja o reducida tasa de probabilidad aunque existan referencias no aisladas acerca de la producción del imprevisto”.
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