Así lo estima el TJUE en una sentencia que crea jurisprudencia

Las guardias domiciliarias del sanitario computan como tiempo de trabajo
Exteriores del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


21 feb. 2018 17:40H
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el tiempo que un trabajador pasa en su domicilio con la obligación de responder a su jefe en un plazo de breve para prestar sus servicios de forma inmediata deben considerarse como tiempo de trabajo.

Según explica 20 minutos, esta sentencia cambia la doctrina del propio TJUE que hace 17 años, en un caso que enfrentó a los médicos valencianos con su Consejería de Salud, estimaba que solo debía considerarse tiempo de trabajo "la prestación efectiva del servicio de atención primaria" pese a tener que estar disponibles fuera de su lugar del trabajo. Ahora, el sanitario está obligado a hallarse físicamente en el lugar que diga el hospital. Y esto puede incluir su casa. O cualquier lugar que restrinja sus actividades personales.

Lo determinante para entender la cuestión según el TJUE es "el hecho de que el trabajador esté obligado a hallarse físicamente presente en el lugar determinado por el empresario" para "poder prestar sus servicios inmediatamente en caso de necesidad". Además, considera que este tiempo en el que el trabajador se encuentra de guardia en su domicilio restringen la dedicación de su vida privada. 

Aunque, el Tribunal de Justicia de la UE recuerda que son los Estados Europeos con sus ordenamientos jurídicos los que establecen esta distinción entre duración el tiempo de trabajo y los periodos de descanso. Menciona también que son los integrantes de la Unión los que pueden decidir en su Derecho nacional sobre la retribución de un trabajador durante el tiempo de trabajo y en periodo de descanso. Estos últimos pueden no remunerarse, advierte el tribunal.

La sentencia se refiere al caso de un bombero voluntario, Rudy Matzak, de la ciudad de Nivelle (Bélgica), actividad que compaginaba con otro empleo en una empresa privada.  Matzak inició el procedimiento judicial contra el Ayuntamiento de la localidad en 2009 porque considera que sus servicios de guardia domiciliaria deben considerarse como tiempo de trabajo. Ahora, la justicia Europea le ha dado la razón, después de que Tribunal Laboral Superior de Bruselas le pidiera una aclaración prejudicial al organismo europeo.
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