El Juzgado Mercantil número 3 de Oviedo ha desestimado "íntegramente" la demanda interpuesta por la Asociación de Abogados Cristianos contra la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI), en el que le denunciaba por "difundir información falsa" en su web y competencia desleal.
Concretamente, Abogados Cristianos acusaba a ACAI de haber vulnerado los artículos 4 y 5 de la Ley de Competencia Desleal y el artículo 2 de la Ley General de Publicidad, iniciando un proceso judicial al que se acumuló, mediante una nueva demanda y bajo las mismas peticiones, el caso de una mujer "supuesta usuaria" de una clínica de interrupción voluntaria del embarazo.
Hechos prescritos
En su sentencia, el juez considera que la Asociación de Abogados Cristianos "no está legitimada" para promover esta acción judicial al no ostentar un interés económico, derecho subjetivo o interés legítimo que resulte perjudicado por la supuesta conducta que imputaba a ACAI.
Por otra parte, en el caso de la particular que se sumó a la causa y que no asistió al acto del juicio, el juez tampoco entra en el fondo de la reclamación al considerar prescritos los hechos que supuestamente tuvieron lugar en el año 2015 y que la demandante no reclamó hasta el 28 de enero de 2018.
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