Cristina Avendaño, presidenta de la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España (FACME)

Cristina Avendaño, presidenta de la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España (FACME) Imagen Pablo Álvarez

Sociedades científicas

Facme marca su modelo ACE: duración bienal, acceso postMIR inmediato por convocatoria pública y revisión cada 6 años

En sus modificaciones al Real Decreto presentado por Sanidad, también propone una recertificación periódica cada lustro

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Sin prisa pero sin pausa. La maquinaria para la creación y formación de Áreas de Capacitación Específica (ACE) en España avanza desde que el pasado mes de julio el Ministerio de Sanidad sacara a consulta pública el Real Decreto que sentará las bases prácticas de dicha formación subespecializada en nuestro sistema de salud. Desde la Federación de Asociaciones Científico-Médicas Españolas (Facme) tienen claro cómo se deben aterrizar dichas titulaciones en el sistema de salud para "impulsar un marco claro" y respetar las "garantías de calidad de la asistencia médica".

En este sentido, la entidad, representante de las 46 especialidades médicas reconocidas en España, considera que los programas de ACE han de basarse "en un modelo formativo presencial, continuo y estructurado, similar al sistema de Formación Sanitaria Especializada", con una duración de entre uno y dos años y una incorporación "inmediata tras la finalización del MIR o en un plazo máximo de 2 años desde su finalización", tal y como explican en las alegaciones presentadas al RD y a las que ha tenido acceso Redacción Médica. En cualquier caso, esgrimen, "la duración total del itinerario formativo no podrá ser inferior a la establecida en los estándares europeos aplicables al área correspondiente cuando dicha diferencia pueda afectar a la equivalencia de la formación, la homologación de la titulación o la movilidad profesional".

Sueldo de especialista

En este periodo, la "dedicación a la formación específica representará al menos el 70 por ciento del tiempo" dedicado a la capacitación. Además, el profesional podrá desarrollar actividad asistencial no lectiva el 30 por ciento del tiempo, "contribuyendo a la actividad del centro" y por la que percibiría, tal y como recomiendan desde el organismo, "una retribución equiparable a la de un facultativo especialista".

Desde Facme, también son partidarios de hacer obligatoria la revisión periódica del programa formativo , "por ejemplo, cada 6 años como mínimo", es decir, cuatro menos que lo que se propone en la reforma de la Áreas de Capacitación Específica (ACE) que recoge el anterior marco normativo, el RD 589/2022.

En cuanto al acceso, la entidad cree que debe realizarse mediante convocatoria pública, conforme a criterios previamente establecidos y a través de un "proceso de selección con carácter competitivo", aunque sugieren contemplar "una vía extraordinaria o transitoria de acceso para profesionales que, en el momento de la implantación del ACE, acrediten experiencia suficiente en el área funcional correspondiente".

Recertificación cada 6 años

Aunque se señala como "imprescindible" el hecho de contar con un título de especialista mediante el sistema de Formación Sanitaria Especializada para poder optar a una de estas formaciones, Facme no cree que se tenga que acreditar un mínimo de dos años de ejercicio profesional efectivo en la especialidad, tal y como señalaba la ley de 2022. Tanto en el caso de las ACE, como en lo referente a los Diplomas de Acreditación Avanzada (DAA), se propone una recertificación cada 6 años, igualada a la del sistema de especialistas actual.

A pesar de que la coordinación sea estatal, "con un papel relevante del Ministerio de Sanidad", la financiación de dicha subespecialización recaerá en manos de las comunidades autónomas, por lo que sugiere establecer "compromisos de permanencia" en cada región financiadora "durante un periodo mínimo previamente definido".

Dada su similitud con el modelo MIR, la integración de estas ACE tendrá como pilar la coordinación de aquellas unidades hospitalarias encargadas de impartir dicha formación. Estas, en opinión de Facme, deberán "cumplir criterios objetivos de experiencia, actividad asistencial, recursos, capacidad docente y resultados" para ser acreditadas como "formadoras de capacitación avanzada".

¿Cuándo es necesaria una ACE?

Por tanto, afirman, para que su implantación sea adecuada, primero será conveniente establecer una planificación estratégica que determine el número de profesionales con ACE necesarios en cada territorio autonómico en función de las "necesidades asistenciales en áreas de alta complejidad". De hecho, la federación acota la creación de estas áreas de subespecialización a "aquellos escenarios asistenciales en los que las competencias avanzadas y las funciones de mayor cualificación representen más del 80 por ciento de la actividad asistencial habitual", puesto que, "a diferencia de otros modelos de acreditación, las ACE no se circunscriben a una técnica, procedimiento o patología concreta". Es por ello que, a la hora de evaluar candidaturas, considera que se han de valorar de forma expresa aspectos como "la carga de enfermedad y discapacidad; la complejidad y el riesgo de la práctica clínica; la existencia de un cuerpo de conocimiento y competencias diferenciado y la necesidad de formación práctica adicional" cuando no se pueda alcanzar "el nivel competencial requerido mediante formación continuada no estructurada". La existencia de una estructura investigadora y asociativa y su posible contribución a la equidad territorial se postulan también como puntos a tener en cuenta para la puesta en marcha de estas áreas en determinadas disciplinas.

Tres años de experiencia para obtener un diploma

En relación a los DAA, se propone modificar una serie de artículos de la última normativa publicada al respecto, como es el RD 639/2015, de manera que los candidatos tengan que acreditar, en los últimos cinco años, un mínimo de tres años de práctica profesional en el área funcional del título "con evaluación positiva certificada por la sociedad científica correspondiente". La creación de estos diplomas quedará, por tanto, ligada a las "funciones de mayor cualificación que representen más del 50 por ciento de la actividad asistencial en el área funcional específica a acreditar", fijando como requisitos para su obtención "el reconocimiento de competencias ya adquiridas a través de la práctica asistencial habitual, la formación continuada y la experiencia profesional acumulada".

Del germen de este modelo de especialización avanzada, recogido por primera vez en la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias-LOPS, distan más de dos décadas en las que se ha debatido sobre el desarrollo e implementación de las ACE sin dar, eso sí, pasos en firme en la práctica. El tiempo apremia, en opinión de Facme, al considerar que "la falta de reconocimiento formal de dichas especializaciones avanzadas está generando problemas organizativos en el SNS, limitando el desarrollo profesional individual, la continuidad y desarrollo de los equipos asistenciales especializados", además de repercutir "en las garantías de la atención médica que reciben los pacientes".

Por ello, conscientes de la "complejidad y demora que, de nuevo, puede suponer este proceso", desde la entidad se sugiere "avanzar en paralelo" y, "utilizando estándares ya existentes a nivel europeo y español", establecer "un procedimiento transitorio de reconocimiento oficial, homogéneo y verificable de determinadas especializaciones avanzadas bien establecidas". Para Facme, centrar esfuerzos en el desarrollo y recertificación de las especializaciones avanzadas es ineficaz si no se abordan al mismo tiempo "las garantías de mantenimiento de la excelencia profesional en todos los especialistas, avanzados o no, y su desarrollo profesional".

Si bien los criterios de obtención y renovación de DAA y ACE han de ser comunes a nivel estatal, la reforma que prepara el ministerio tendrá que ayudar a delimitar cuándo es necesario cada uno de ellos. En otras palabras, si dicha subespecialización exige una competencia acreditable vía formación continuada, un nivel avanzado consolidable con una ruta clara o, en el escalón superior, un programa formativo estructurado plurianual, tipo residencia, y unidades docentes acreditadas como establecen las ACE.