El director general de Salud Pública, Pedro Gullón.

El director general de Salud Pública, Pedro Gullón. Pablo Á.

Política

La ley antitabaco limita puntos de venta y 'esquiva' el empaquetado genérico

El proyecto de ley, aprobado en Consejo de Ministros, prohíbe fumar a 15 metros de hospitales y fija sanciones mínimas

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El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al nuevo proyecto de ley del tabaco, que ahora iniciará su recorrido parlamentario en las Cortes Generales. Esta normativa modifica la histórica Ley 28/2005 y se perfila como la actualización más ambiciosa frente al tabaquismo en más de diez años.

Su propósito es triple, ya que busca multiplicar los espacios libres de humo, proteger drásticamente a los niños y adolescentes y poner coto a las nuevas formas de consumir nicotina. Esta batería de medidas forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y busca reaccionar ante los nuevos hábitos, especialmente entre los más jóvenes. "Pretendemos marcar un antes y un después en la protección de la salud pública", ha asegurado en la rueda de prensa posterior al Consejo la ministra de Sanidad, Mónica García.

Según ha explicado, "la realidad del tabaquismo ha cambiado". Ejemplo de ello, ha subrayado, son "los nuevos dispositivos, como productos de hierbas o los productos desechables". "El tabaquismo es uno de los principales factores de riesgo para las enfermedades cardiovasculares", ha recordado. Además, la norma supondrá "un ahorro de entre 100 y 200 millones de euros a las arcas públicas".

Eso sí, el empaquetado genérico de las cajetillas sigue sin formar parte del texto. Fuentes ministeriales aseguran que esta medida, que supone la desaparición de las marcas en los envoltorios del tabaco, de modo que no se reconozca visualmente ninguna seña de identidad de la compañía tabacalera, se añadirá posteriormente durante la tramitación parlamentaria del texto. Es decir, será el Grupo Parlamentario Sumar el que redacte una enmienda al articulado en la que se proponga dicha iniciativa.

Esto ocurre por las discrepancias internas existentes entre el Ministerio de Hacienda, encabezado por socialistas, y Sanidad respecto a la medida. Desde el departamento de Mónica García detallan que el establecimiento del empaquetado genérico no ha aumentado el contrabando en los países en los que se ha implantado, ni ha supuesto consecuencias negativas en cuanto a fiscalización. No obstante, su puesta en marcha dependerá de la Cámara Baja.

También se fijan sanciones en caso de no cumplir con la normativa. Las multas que correspondan a los menores de edad serán responsabilidad de los progenitores o tutores legales. Además, se establecen tres tipos de sanciones. Las leves supondrán un pago de entre 200 y 600 euros (se sube de 30, lo fijado como mínimo anteriormente, a 200). Por su parte, las graves serán de entre 601 y 10.000 euros, y las muy graves, de entre 10.001 y 600.000 euros.

En cuanto a los perímetros, las bolsas de nicotina son las únicas que quedan fuera de las restricciones de espacios, aunque su consumo queda totalmente prohibido para los menores. Para frenar su expansión, la venta de los nuevos productos como vapeadores quedará restringida exclusivamente a tiendas especializadas reguladas por orden ministerial, una medida que responde al hecho de que casi la mitad de los jóvenes ha probado alguna vez un vapeador, disparándose su uso mensual del 14,9 por ciento en 2019 al 27,1 por ciento en 2025. Será el Ministerio de Hacienda el encargado de definir qué establecimientos entran en juego.

Mayores perímetros de prohibición y coto legal a los menores

El veto al tabaco abandona los interiores para conquistar definitivamente los exteriores y el transporte público. La nueva ley prohíbe fumar en terrazas de bares, restaurantes y locales de restauración, así como en playas tanto marítimas como fluviales (otra de las novedades respecto al texto que se aprobó en primera vuelta de Consejo de Ministros) piscinas de uso colectivo e instalaciones deportivas. Tampoco se podrá consumir en parques nacionales, vehículos de trabajo que no sean de uso exclusivamente personal, un apunte que no se incluía en la norma previa, y recintos de espectáculos públicos como conciertos, teatros y cines, incluso cuando tengan lugar al aire libre.

Adicionalmente, se instauran perímetros de seguridad de 15 metros alrededor de zonas sensibles, por lo que estará prohibido fumar cerca de los accesos a centros sanitarios, colegios, universidades, parques infantiles, museos, bibliotecas, centros sociales, culturales, deportivos e instituciones públicas.

Hasta el momento, la normativa prohibía vender tabaco a los menores de 18 años, pero existía un vacío legal sobre su consumo. La nueva norma soluciona esto con una prohibición expresa de consumir estos productos si se es menor de edad. Los datos de la reciente encuesta Estudes 2025 respaldan la decisión, revelando que, aunque los fumadores diarios de entre 14 y 18 años han caído al 4,3 por ciento, marcando la cifra más baja desde 1994, el consumo ocasional en el último mes sigue siendo preocupante con un 15,5 por ciento.

La irrupción de dispositivos modernos ha llevado a Sanidad a equiparar las normas. A partir de ahora, las limitaciones de espacio que sufre el tabaco tradicional se aplicarán por igual a los cigarrillos electrónicos con o sin nicotina, a los productos herbales para fumar o shishas, y a cualquier producto que imite el acto de fumar o se asocie socialmente a él.

Restricción en publicidad y recuperación del Observatorio

Asimismo, el proyecto de ley restringe drásticamente cualquier forma de publicidad o promoción directa e indirecta del tabaco y sus alternativas, abarcando desde las máquinas expendedoras hasta el entorno digital en internet. En el plano físico, los estancos y las tiendas especializadas tendrán prohibidas las acciones en escaparates y no podrán mostrar cartelería ni productos que sean visibles desde el exterior. En cuanto a los medios de comunicación, se modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para prohibir que en programas, vídeos o imágenes aparezcan presentadores o invitados fumando o mostrando estos dispositivos, impidiendo también la exhibición de marcas o logotipos comerciales.

Para evaluar el cumplimiento de todas estas medidas, Sanidad recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014. Este órgano se encargará de proponer iniciativas, marcar objetivos de reducción de fumadores, publicar informes periódicos sobre la aplicación de la ley y coordinar a las autoridades competentes. La ley entrará en vigor de forma rápida a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, aunque se concederá un margen transitorio de dos meses para que los establecimientos puedan adaptar y colocar la nueva señalización obligatoria en los espacios donde exista prohibición de consumo.

Además, el Ministerio de Sanidad está pendiente de que se ultime una legislación europea acerca de los vapeadores desechables para implantar más medidas restrictivas al respecto. Por lo pronto, no se han incluido en el articulado, por lo que Sumar complementará el texto vía enmiendas con las recomendaciones que se establezcan.