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En un momento en el que se está tramitando una norma para ampliar y reforzar la cobertura del cribado neonatal en España, conviene detenerse y analizar con honestidad la situación actual. Porque más allá de los avances normativos que puedan venir, lo que ya ocurre hoy en nuestro Sistema Nacional de Salud plantea una pregunta incómoda: ¿qué queremos entender realmente por equidad?

Lo que es, no genera lugar a dudas. Darle a cada uno lo que necesita para que todo el mundo tenga las mismas oportunidades. De ahí a lo que hacemos hay un trecho claro.

El caso del cribado neonatal es probablemente uno de los ejemplos más claros —y más difíciles de justificar— de desigualdad en el acceso a prestaciones esenciales. Mientras algunas comunidades autónomas han ampliado sus programas hasta detectar más de 30 enfermedades congénitas, otras siguen limitándose a carteras mucho más reducidas. La consecuencia es evidente: no todos los recién nacidos en España tienen las mismas oportunidades de diagnóstico precoz.

Y esto no es un matiz técnico. Es una diferencia que puede condicionar de forma decisiva la evolución de una enfermedad, la calidad de vida de un niño o incluso su supervivencia.

La paradoja es que esta situación convive con un discurso institucional que sitúa la equidad como uno de los pilares del sistema sanitario. Pero cuando se proclama un principio y se actúa en dirección contraria, el problema deja de ser retórico para convertirse en estructural.

El modelo actual, basado en una cartera común de servicios que fija mínimos y permite a las comunidades autónomas ampliarla, ha terminado generando una equidad de mínimos. Un suelo común que, lejos de garantizar igualdad, legitima diferencias crecientes entre territorios.

El argumento habitual es bien conocido: la descentralización permite adaptar las prestaciones a las necesidades y prioridades de cada comunidad. Pero este razonamiento tiene un límite claro cuando hablamos de servicios que afectan directamente a la detección precoz de enfermedades graves o a la prevención primaria.

Porque si una comunidad ha demostrado que es posible —técnica y económicamente— ampliar el cribado neonatal, ¿cómo se justifica que otra no lo haga? Y, sobre todo, ¿qué implica esa decisión para los ciudadanos que viven en ese territorio?

Un debate jurídico y ético


Este debate no es solo sanitario. Es también jurídico. E incluso ético.

Si el sistema dispone del conocimiento, la tecnología y la experiencia acumulada para detectar determinadas patologías desde el nacimiento, y esa capacidad no se garantiza de forma homogénea, cabe preguntarse si estamos ante una simple diferencia organizativa o ante una potencial vulneración del principio de igualdad en el acceso a las prestaciones sanitarias.

Y, en último término, si esta desigualdad puede derivar en responsabilidad para la administración cuando una enfermedad no es detectada a tiempo en un territorio donde sí podría haberse diagnosticado.

El cribado neonatal no es el único ámbito donde se produce esta disfunción. El calendario vacunal ofrece otro ejemplo igualmente ilustrativo.



"En sanidad, y especialmente en prevención, la equidad no puede ser un mínimo. Debe ser un estándar"




Aunque en los últimos años se ha avanzado hacia una mayor armonización, siguen existiendo diferencias en la incorporación de determinadas vacunas, en los tiempos de acceso o en la financiación de nuevas estrategias preventivas. Comunidades que incorporan antes ciertas vacunas, otras que retrasan su inclusión, y ciudadanos que, en función de dónde residan, acceden antes o después —o incluso no acceden— a determinadas medidas de prevención.

De nuevo, el mismo patrón: un mínimo común que no garantiza una protección equivalente.

Y de nuevo, la misma pregunta: ¿puede un sistema que se define como universal y equitativo aceptar que la prevención dependa del código postal?

El problema de fondo es que la equidad se ha interpretado como un punto de partida, no como un objetivo a garantizar. Se fija un mínimo y se da por cumplido el principio, aunque la realidad posterior genere diferencias significativas.

Un estándar para las prestaciones esenciales


Pero en sanidad, y especialmente en prevención, la equidad no puede ser un mínimo. Debe ser un estándar.

Un estándar que garantice que cualquier ciudadano, con independencia de su lugar de residencia, accede al mismo nivel de protección en aquellas prestaciones que son esenciales. Y pocas cosas lo son más que la detección precoz de enfermedades o la prevención mediante vacunas.

España dispone de la capacidad científica, técnica y organizativa para ofrecer estos estándares de forma homogénea. Lo ha demostrado en múltiples ámbitos. Lo que falta, en muchos casos, no es capacidad, sino decisión.

Decisión para asumir que la equidad real exige limitar la variabilidad cuando esta genera desigualdad.

Decisión para establecer carteras comunes que no sean simplemente mínimos, sino verdaderos estándares de calidad.

Y decisión para dotar de mecanismos de cumplimiento efectivos a esas decisiones.

Porque sin exigibilidad, la equidad se convierte en una declaración de intenciones.

La norma que actualmente se está tramitando representa una oportunidad. Una oportunidad para corregir estas disfunciones y avanzar hacia un modelo en el que la equidad deje de ser retórica para convertirse en garantía efectiva.

Pero para que eso ocurra, es necesario un cambio de enfoque.

No se trata de cuestionar la descentralización ni la capacidad de gestión de las comunidades autónomas. Se trata de definir con claridad qué prestaciones deben quedar fuera de esa variabilidad porque afectan a derechos básicos de los ciudadanos.

Y de actuar en consecuencia.

Porque, en el fondo, no corregir esta situación —cuando se conoce, cuando existen los medios y cuando ya hay territorios que han demostrado que es posible— no es una simple cuestión de gestión o de prioridades presupuestarias. Es, directamente, un ejercicio de cinismo.

Un cinismo que consiste en proclamar la equidad mientras se toleran desigualdades que afectan a derechos básicos desde el nacimiento.

Y es, además, un incumplimiento flagrante no solo del principio de igualdad que inspira nuestro sistema sanitario, sino también del espíritu con el que fue concebido por el legislador: garantizar que todos los ciudadanos, con independencia de dónde vivan, accedan en condiciones de igualdad a las prestaciones esenciales. Todo lo demás es aceptar, de facto, que hay españoles con más derechos que otros.