Las indemnizaciones por muerte de la víctima se incrementarán una media del 50 por ciento



23 sept. 2015 10:23H
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Redacción. Madrid
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la ley que reformará el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016. La modificación de las indemnizaciones por muerte de la víctima se incrementarán una media del 50 por ciento y las indemnizaciones por secuelas en torno a un 35 por ciento de media.

María Seguí, directora general de Tráfico.

Sin embargo, el texto no incluye el baremo indemnizatorio de los daños y perjuicios sobrevenidos con ocasión de la actividad sanitaria, o más bien, lo reduce a una disposición adicional que deja la puerta abierta a que esta ley sirva de referencia a una futura regulación del mismo. La aprobación incluye, entre otros aspectos, resarcimiento de los gastos de tratamiento de lesiones por parte de las aseguradoras a los servicios públicos de salud y modifica el método de cálculo de las indemnizaciones a las víctimas.

La actualización del baremo es una de las medidas que reclamaban las asociaciones de conductores y víctimas de tráfico como necesidad urgente y el pasado mes de marzo alegaban que “las víctimas no pueden esperar más”. El nuevo baremo ampliará el nivel de detalle en los criterios que determinan la cuantía de la indemnización en concepto de resarcimiento de gastos y pretende “racionalizar” el cálculo del “lucro cesante”, es decir, la ganancia legítima por parte de la víctima.

Para “racionalizarlo”, el nuevo sistema sustituirá el anterior modelo por uno nuevo procedente del ámbito de los seguros que determinará la indemnización correspondiente. Las nuevas condiciones de esta indemnización tendrán en cuenta no solamente los ingresos netos de la víctima sino también aspectos como el trabajo en casa (como las tareas del hogar) o la pérdida de capacidades futuras de menores o estudiantes, a los que también corresponderá una cuantificación en términos económicos.

Para el cálculo de las cuantías, se introducirá un coeficiente en el que influyen todos los factores contemplados en la norma, por lo que la cuantía correspondiente a cada víctima no dependerá de tramos fijos sino de un cálculo a partir de la combinación de factores como la duración del perjuicio, el riesgo de fallecimiento del perjudicado y la deducción de las pensiones públicas.

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