La versión que ha hecho circular el ministerio incluye cambios mínimos que equilibran la relación entre abogados y procuradores, pero no atiende ninguna de las reivindicaciones del sector sanitario



13 nov. 2014 17:31H
SE LEE EN 3 minutos
Javier Leo. Madrid
El Ministerio de Economía y Competitividad ha hecho circular un nuevo borrador del Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, fechado a 11 de noviembre, el tercero en lo que va de año, y que es el que cuenta con mayores papeletas para pasar a ser debatido en las Cortes. Según ha podido comprobar Redacción Médica, esta versión incluye cambios mínimos que afectan únicamente al ámbito jurídico y que no atienden a ninguna de las reivindicaciones del sector sanitario, como las quejas en torno al régimen de incompatibilidades, la excesiva tutela estatal a los colegios o la posibilidad de que el profesional se colegie en una provincia distinta a la del ejercicio habitual.

Luis de Guindos.

Las sutiles modificaciones atienden al interés de los procuradores en revertir la situación de ventaja que habían adquirido los abogados con los anteriores borradores. El resto del texto es prácticamente idéntico salvo en dos puntos que afectan tangencialmente a los colegios sanitarios. Se trata del artículo 41.2, sobre el régimen disciplinario, en el que se señala que “corresponde a los Estatutos generales de cada organización colegial la definición de las infracciones, así como de las sanciones disciplinarias aplicables” y se añade: “teniendo en cuenta lo previsto en el Código Deontológico”, como novedad en el escrito.

Asimismo, en el capítulo I, se suma una aclaración en la que se especifica que la Ley de Colegios se ha elaborado “en coherencia con la Ley 20/2013 de garantía de la unidad de mercado”. El último cambio, casi anecdótico, es la inclusión de un nuevo párrafo en la exposición de motivos del anteproyecto en el que se refuerza la idea de que el número de colegiaciones obligatorias se va a reducir en España, en la medida en que éstas suponen “autorizaciones para el acceso de una actividad”. Un matiz realizado también por “coherencia” con la Ley de unidad de mercado, que refuerza la idea de restringir la colegiación obligatoria a los casos en los que la profesión esté implicada en “la protección de la salud e integridad física y la seguridad personal o jurídica de las personas”.

Y ahí se terminaron las modificaciones que pueden afectar al sector sanitario, no solo a los profesionales, también a los agentes privados como las mutuas. La nueva versión mantiene la moratoria de tres años para las incompatibilidades que solo afecta a mutualidades de previsión social que acojan corporaciones colegiales con la condición de socio protector, como Mutual Médica, pero no atañe a otras mutuas como AMA y PSN. Otro de los caballos de batalla que no ha logrado modificar el sector antes de la llegada del anteproyecto a sede parlamentaria.

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda aquí a la última versión del Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales

Batalla dentro del Gobierno por la Ley de Colegios Profesionales (31/10/14)

Economía da la espalda a las mutuas en la Ley de Colegios Profesionales (08/07/14)

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.