La normativa deroga el Programa de Protección Social de la Salud Pública aprobado por el Gobierno del Partido Popular



17 ago. 2015 12:01H
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Redacción. Madrid
Asistencia sanitaria gratuita para todos los ‘sin papeles’, al margen de sus ingresos. Esa ha sido la decisión tomada por la Consejería de Sanidad de Cantabria, quien solo ha puesto como condición que cuenten con un empadronamiento igual o superior a tres meses. La orden, que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial de Cantabria, deroga el Programa de Protección Social de la Salud Pública aprobado por el Gobierno del Partido Popular, que establecía un plazo de empadronamiento de seis meses y un límite de ingresos equivalente a un IPREM para tener derecho a la asistencia sanitaria gratuita.

María Luisa Real, consejera de Sanidad de Cantabria.

Con esta medida, el Gobierno de Cantabria pretende “intensificar y reforzar la universalidad en el acceso a la atención sanitaria”, además de establecer las condiciones de acceso al sistema sanitario público de Cantabria de las personas que carecen de cobertura “manteniendo los principios de equidad, garantía de acceso, sostenibilidad económica, eficiencia en la prestación de los servicios sanitarios y defensa de la sanidad pública”.

La normativa, que entrará en vigor el 18 de agosto, no solo reducirá el plazo mínimo de empadronamiento y eliminará los requisitos relativos a los recursos económicos, sino que también reduce el plazo para resolver, se otorga expresamente carácter positivo al silencio administrativo y se recoge de manera expresa la posibilidad de prestación provisional de asistencia sanitaria no farmacéutica, incluso antes de dictarse la resolución, aunque la gratuidad queda condicionada a la ulterior estimación.

Las personas que cumplan los requisitos recogidos en la orden podrán acceder a las prestaciones del sistema sanitario público, tanto de la cartera básica, como de la suplementaria en centros propios y concertados, y se les asignará centro de salud y médico de cabecera. No obstante, carecerán del derecho a la cobertura de la asistencia sanitaria con cargo a los presupuestos regionales fuera de la comunidad autónoma y tampoco se les atribuye la condición de asegurado o beneficiario del Sistema Nacional de Salud.

Acceda al Boletín Oficial de Cantabria completo

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