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Investigadores descartan la opción de implantar en España un sistema de control social por "atentar contra la libertad"

El 'Gran Hermano chino' en España: puntos al buen ciudadano antipandemias


10 jul. 2022 16:20H
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¿Sería viable en España la implantación de un sistema de ‘puntuación cívica’ ciudadana en épocas de pandemia? Este modelo de vigilancia, con mucho arraigo en China, puede llegar a ser “crucial” para incentivar a la población a mantener un “comportamiento prosocial” de cara al control sanitario, según defienden los autores de un estudio de Fedea que, sin embargo, consideran que este tipo de iniciativas no tendrían cabida en nuestro país: “Iría en contra de nuestra concepción de la libertad individual y alteraría nuestra convivencia y forma de vida”, concluyen.

Así lo recogen en su informe sobre Economía Digital en Tiempos de Pandemia los economistas José Ignacio Conde-Ruiz y Juan José Ganuza, que inciden en que China “consiguió parar” el avance del Covid-19 en los umbrales de la pandemia “utilizando sistemas digitales de control social”.

“China utilizó intensivamente sistemas digitales de control para clasificar a sus ciudadanos con distintos códigos de color utilizando no solo su estado de salud, sino también su localización y movimientos pasados. Nos mostró una forma de controlar la pandemia que, aunque es contraria a nuestras creencias y valores, demostró ser eficaz para reducir los costes del Covid-19”, alegan.

Este sistema de evaluación social no es nuevo en el país asiático ni está restringido al ámbito de salud. En 2018, Pekín promulgó una ley que permitía a las autoridades establecer un sistema de crédito social que las facultaba a emplear toda la información que tenían sobre el comportamiento de los individuos (utilizando bases de datos públicas, datos de redes sociales, miles de cámaras, sistemas de reconocimiento social…) para “puntuarles” y servirse de esta evaluación para premiar y castigar.

De esta forma, los individuos con “buena reputación” tendrían acceso prioritario a los servicios públicos, mientras que aquellos con una baja puntuación podrían encontrarse con obstáculos para obtener una plaza de guardería o un visado para viajar. Este sistema, sin embargo, solo llegó a ejecutarse mediante proyectos piloto en zonas como Ronngcheng, a 800 kilómetros de Pekín.

Más control social en situaciones de pandemia


Según este informe de Fedea, en situaciones de pandemia, la implementación de un sistema de crédito social podría implicar que el comportamiento social de los ciudadanos (por ejemplo, si cumplen con las medidas de aislamiento social) “fuera observado por cientos de cámaras, incluso desde drones, e inferido de todos los datos que las administraciones puedan tener de nosotros”.

“La información sobre nuestro comportamiento se resumiría en un índice, que podría ser empleado por las administraciones para asignar servicios y por las entidades privadas, por ejemplo, para dar empleo”, destacan los autores del informe, que inciden en que un sistema así, incluso aunque contase con garantías judiciales sobre la objetividad de un índice, “iría en contra de nuestra concepción de la libertad individual y alteraría nuestra convivencia y forma de vida”.

Sin embargo, conceden que “los incentivos al comportamiento prosocional que generaría tal sistema serían inmensos”. “Esto seguramente es importante para el reciclaje, pero puede ser crucial para el control sanitario si una pandemia se extiende en el tiempo y la salud general depende de controlar comportamientos incívicos”, apuntan. De hecho, añaden, en España ya existen herramientas “cercanas” al sistema de crédito social “que han demostrado ser eficaces”. Entre ellas, el carné de conducir por puntos, que está apoyado por una red de cámaras, radares y mecanismos de vigilancia convencionales.

“Su implementación tuvo un gran éxito en la reducción de las infracciones de tráfico, y muertos por accidentes y cuenta con un alto grado de aceptación social”, indican los economistas, que concluyen que las virtudes o los defectos de un sistema de créditos social “dependen de su diseño –de cómo se ponderan los distintos comportamientos en el índice–, de la transparencia en su construcción, de los objetivos que se persiguen y de las garantías judiciales sobre el uso de los datos”.
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