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Es obligatorio inscribirse en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia donde desee ejercer antes de ser MIR

¿Cómo debo realizar la colegiación para acceder al MIR en España?


9 jul. 2021 17:00H
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Después de la elección y adjudicación de plazas MIR, un proceso que finaliza este sábado con la convocatoria de los aspirantes con número de orden comprendido entre el 8.001 y el 10.805, ambos inclusive, los futuros residentes cuentan con unos días para realizar tareas pendientes, como la de enfrentarse a los trámites previos a comenzar su residencia en la unidad docente elegida. Y es que, entre las acciones que tienen que llevar a cabo los futuros médicos, está la de colegiarse.

En España, para trabajar como médico es obligatorio inscribirse en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia donde desee ejercer. Aunque cada colegio tiene su forma de gestionar el proceso, online o presencialmente, y puede presentar variaciones, generalmente la documentación solicitada suele ser la misma.


¿Qué documentos tengo que presentar?


En el caso de los médicos graduados en una universidad española, pueden colegiarse desde el momento en el que obtienen el título. Deberán presentar lo siguientes documentos para poder colegiarse con éxito:
  • Título de Graduado/Licenciado en Medicina original. También será válido el certificado de la universidad acreditativo de finalización de los estudios de Medicina y abono de los derechos del título original.
  • MIR: Documento de adjudicación de plaza.
  • Fotografía de tamaño carné. (El número puede variar en función del Colegio).
  • Fotocopia de DNI o Pasaporte.
  • Cuenta bancaria, según normativa SEPA.


Reconocimiento de médicos extranjeros


Si procede del extranjero, la persona tendrá que presentar un certificado (original y traducción) emitido por las autoridades competentes del país donde últimamente ha trabajado el solicitante, que garantice estar legalmente titulado para la práctica de la Medicina y no haber sido descalificado o inhabilitado por su ejercicio como médico, legalizado por vía diplomática o Apostilla de la Haya. Este certificado tendrá como máximo tres meses de validez (país de origen). Además, si el solicitante procede de otro colegio del Estado Español, también tendrá que aportar un certificado de baja del mismo.
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