Marciano Gómez, conseller de Sanidad de la Comunidad Valenciana.
La
Consellería de Sanidad de la Comunidad Valenciana delegará una parte de sus competencias en diferentes órganos de gestión superiores. Concretamente, las afectadas serán las responsabilidades en materia de
contratación, gestión económica y gestión de tasas sanitarias.
En primer lugar, dentro de los servicios centrales, las facultades referidas a gastos del capítulo 1 del presupuesto del departamento liderado por
Marciano Gómez se transferirán a la persona titular de la Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras, que en este caso es
Pedro Manuel López. En los centros de gestión (las diferentes unidades orgánicas de carácter no directivo en las que se desconcentra territorial y funcionalmente la Consellería, tanto a nivel administrativo como asistencial),
se delegarán a los titulares de la dirección de cada uno. La formación y el perfeccionamiento serán tareas de la subsecretaría, las secretarías autonómicas, las direcciones generales y las personas titulares de la dirección de cada centro de gestión.
Por otra parte, la carga financiera en arrendamientos financieros se delegará de diferente forma según el gasto máximo.
Si las inversiones planificadas no superan los 3 millones de euros, las secretarías autonómicas y la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES), entre otras, serán las encargadas de gestionarlas. Si se supera dicha cantidad, será el director general de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras el que coja el relevo.
El mismo López también gestionará los gastos relativos a los fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) que se planifiquen desde los servicios centrales de la Consellería sin límite cuantitativo. Aun así, se exceptúan los gastos que se refieran a programas financiados con fondos MRR que afecten exclusivamente al ámbito de actuación y los correspondientes a unidades administrativas que dependan directamente de una secretaría autonómica.
Gestión de gastos sanitarios centralizados
Los gastos centralizados -impulsados y tramitados desde servicios centrales de Sanidad, con cargo a los créditos de los diferentes centros de gestión, incluido el centro de gestión delegada- serán controlados por la Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras. Los mismos se segmentan de la siguiente manera:
la contratación de obras, servicios y suministros;
la contratación que se realice desde la Central de Compras de la Consellería; la autorización y suscripción de los acuerdos de acción concertada para la prestación de servicios a las personas en el ámbito sanitario; y cualquier otro que se realice con cargo a los créditos de los centros de gestión.
Eso sí, la adjudicación y ejecución de los contratos derivados de un acuerdo marco o los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición quedan delegadas en los órganos que corresponda en virtud de lo previsto en la nueva estructura. De hecho,
se delegan las atribuciones en materia contractual y económica, tanto para gastos de funcionamiento e inversiones, así como la carga financiera en arrendamientos financieros dentro de la salud pública en el departamento de salud de Vinaròs, el departamento de salud de Castellón y el departamento de salud de La Plana, así como en el de
València-Hospital General.
Gastos por intereses de demora y subvenciones
Por su parte, las facultades referidas a gastos por intereses de demora, incluidos los procedentes de la Seguridad Social, se delegan en la persona titular de la Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras, con las excepciones que figuran en los apartados siguientes:
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Cuando la reclamación efectuada a la Administración sea en materia de recursos humanos, las facultades se delegan en los directores de los centros, sin límite cuantitativo.
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Cuando la reclamación efectuada a la Administración sea en materia de responsabilidad patrimonial, las facultades se delegan en los directores de los centros, sin límite cuantitativo.
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Cuando la reclamación efectuada a la Administración sea en materia de transferencias corrientes de los programas de prestaciones farmacéuticas y complementarias, así como las transferencias de ayudas a colectivos vulnerables y pobreza farmacéutica en sus diversas modalidades, las facultades se delegan en la persona titular de la Dirección General de Farmacia.
En la resolución, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, también se asignan las competencias relativas a
gastos por transferencias y subvenciones y las relativas a ingresos presupuestarios y fondos extrapresupuestario. Dentro de ellas se contemplan las prestaciones farmacéuticas, la farmacia sociosanitaria, el reintegro de gastos por asistencia sanitaria, las ayudas de prótesis y vehículos para personas discapacitadas, las ayudas por desplazamientos, el reintegro de gastos por asistencia quirúrgica y las ayudas a colectivos especialmente desfavorecidos.
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