Se necesitan al menos cinco años de ejercicio como facultativo en el Sistema Nacional de Salud

El Servicio Riojano de Salud determina los requisitos y funciones para ser jefe de guardia en el hospital
La consejera de Salud del Gobierno de la Rioja y también presidenta del Servicio Riojano de Salud, María Martín.


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El Servicio Riojano de Salud determina los requisitos y funciones para ser jefe de guardia en el hospital. La consejera de Salud del Gobierno de la Rioja y también presidenta del Servicio Riojano de Salud, María Martín, ha resuelto las características necesarias para ejercer de jefe de guardia del Hospital San Pedro y del Hospital de Calahorra, según consta en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

Esta figura, que existirá de forma permanente en las guardias de ambos hospitales, tendrá que cumplir varios requisitos, como el de ostentar la condición de personal facultativo cuya plaza se encuentre en el centro hospitalario en el que se va a ejercer la jefatura de guardia.

Además, otro de los requisitos para ejercer la figura de jefe de guardia son el haber prestado servicios como facultativo en el Sistema Nacional de Salud durante al menos cinco años, preferentemente haber prestado servicios en el centro hospitalario durante al menos dos años y no estar exento por cualquier motivo de la realización de guardias médicas.

Funciones del jefe de guardia


Además de las funciones asistenciales que le correspondan al jefe de guardia según su especialidad como facultativo de guardia, deberá realizar muchas otras, como supervisar y coordinar, velando por el correcto funcionamiento del hospital y garantizar la utilización eficiente de recursos humanos y materiales.

También deberá gestionar las bajas de personal, para que en caso de que se produzca la ausencia de un facultativo de guardia tomar medidas inmediatas para asegurar la continuidad asistencial, redistribuyendo recursos o solicitando apoyo a otros servicios médicos. Se encargará de la gestión de emergencias, la notificación de incidencias, las relaciones institucionales y la colaboración con la justicia.

El jefe de guardia será el encargado de resolver conflictos de competencias médicas asistenciales, mediando y solucionando disputas entre especialidades médicas para garantizar una atención eficiente y de calidad, siendo su decisión de obligado cumplimiento para todo el personal. Esta figura también velará por el correcto desarrollo del proceso asistencial y de la actividad hospitalaria y por el cumplimiento de los protocolos de seguridad clínica.

Por otro lado, tendrá las funciones de coordinar las medidas oportunas para que los posibles traslados de pacientes y de material médico esencial a otros centros se realicen de acuerdo con los protocolos que existan en el hospital o con su propio criterio en ausencia de aquellos en coordinación con los servicios de ambulancia y el sistema de emergencias, y de la gestión de camas hospitalarias.

Asimismo, deberá informar a los servicios de vigilancia epidemiológica de aquellos casos que así lo precisen en materia de gestión de epidemias o pandemias, deberá actuar conforme el protocolo de seguridad en caso de agresiones a profesionales sanitarios en coordinación con el equipo de seguridad del hospital, y se deberá comunicar de manera inmediata con el órgano directivo de guardia en caso de catástrofe, falta de disponibilidad crítica de camas, interrupción grave de servicios esenciales, situaciones de repercusión mediática, amenaza de suspensión de trasplantes o procedimientos críticos y problema de seguridad relevantes.
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