El consejero de Salud de Euskadi, Alberto Martínez.
Los profesionales sanitarias que componen el
Servicio Vasco de Salud ya se pueden hacer una idea de cómo se evaluará su salto a un nuevo nivel de
carrera profesional. Y es que Osakidetza ha publicado este lunes vía Boletín Oficial la resolución por la que se regulan los requisitos, las formas y el plazo de solicitud y procedimiento de evaluación y asignación del nivel en la convocatoria ordinaria de
evaluación y desarrollo profesional del ejercicio 2025. Además, el documento oficial también regula los requisitios relativos a los ejercicios de 2022, 2023 y 2024 para las personas que, encontrándose entonces incluidas en el ámbito de aplicación de dichas convocatorias, no disponían, sin embargo, de
los requisitios de acceso establecidos.
Podrán solicitar la participación en este proceso el personal fijo y no fijo perteneciente a
todos los grupos profesionales de Osakidetza, que cumplan estar en situación de activo o en excedencia para cuidado de familiares, por razón de violencia de género o en servicios especiales.
Solicitud de la carrera profesional en Osakidetza
La solicitud y el reconocimiento de nivel solo podrá llevarse a cabo hacia el nivel
inmediatamente superior al ya obtenido. Eso sí, el personal que se encuentre en situación de
promoción interna temporal únicamente podrá solicitar el desarrollo profesional en la categoría en la que tiene el nombramiento fijo.
Para el cálculo de los servicios prestados requeridos para el acceso al nivel, se considerarán los periodos de tiempo de servicio activo o asimilado con reserva de plaza, desempeñados en Osakidetza,
en otros Servicios de Salud del Sistema Nacional de Slaud (SNS) o en Sistemas públicos de Salud correspondientes a los Estados miembros de la Unión Europea.
Cada participante podrá realizar
una única solicitud de forma online. La relación provisional de personas admitidas y excluidas se publicará una vez haya terminado el plazo de presentación de solicitudes. A continuación, habrá
diez días hábiles para presentar reclamaciones y subsanar la solicitud.
Más tarde, se aprobará la resolución definitiva de personas admitidas y excluidas. Las personas admitidas dispondrán del plazo de un mes para efectuar la
alegación de los méritos curriculares.
Evaluación de méritos curriculares a los sanitarios vascos
Respecto a la evaluación de los méritos curriculares de los Bloques B y C, se tomarán en consideración los méritos correspondientes a los
seis o siete años anteriores.
En el proceso de valoración participarán la propia persona profesional,
el responsable del Área, Servicio o unidad donde preste servicios la persona evaluada y el Comité de Evaluación de la Organización de Servicios constituido al efecto. De esta forma, se divide en
tres bloques la evaluación (A, B y C).
Tres bloques: actividad asistencial, formación y compromiso
El primero de ellos (A) se compone de la
actividad asitencial y el dominio profesional. Dentro del primer factor, se valorará la orientación al logro y el cumplimiento de objetivos, la eficiencia en la gestión de recursos, el dominio técnico y el rigor profesional.
Por otro lado, dentro del
Bloque B se encuadra la formación, la formación continua, la publicación de artículos, la organización y gestión de actividades docentes y de difusión del conocimiento y la investigación, entre otros. Por último, en el
Bloque C se tendrá en cuenta el trabajo en equipo, la colaboración con la organización y la orientación a la mejora.
Aun así,
cada grupo tendrá una baremación diferente. Es decir, los diplomados sanitarios y los grupos de titulación C y D no se evaluarán de la misma forma que los facultativos.
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