Sanidad pone en marcha un nuevo protocolo para el traslado e internamiento urgente de enfermos mentales
Redacción. Santiago
La consejera de Sanidad, Rocío Mosquera; el consejero de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, Alfonso Rueda; el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Miguel Ángel Cadenas; y el delegado del Gobierno en Galicia, Samuel Juárez, han firmado un protocolo para el traslado e internamiento no voluntario urgente de personas con enfermedad mental. Este protocolo, en el que la Consejería de Sanidad lleva trabajando los dos últimos años, sustituye al puesto en marcha en el año 2004.
Actualmente, el 061 es el que centraliza las solicitudes de asistencia sanitaria urgente por patología psiquiátrica realizada por cualquier ciudadano que se encuentre en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los propios pacientes, familiares, sanitarios, fuerzas y cuerpos de seguridad e incluso cualquier ciudadano que sospeche la presencia de dicha patología en un tercero, podrán solicitar su traslado o ingreso. Por otro lado, los facultativos de Atención Primaria así como un facultativo de Urgencias Sanitarias de Galicia-061 podrán instar el traslado e ingreso no voluntario urgente.
Protocolo de actuación
Estos profesionales sanitarios podrán pedir el traslado e ingreso no voluntario siguiendo un procedimiento, siempre según criterios médicos, de una persona afectada por un trastorno o enfermedad mental que se encuentre en una situación en la que exista peligro o grave riesgo para su salud o integridad física, o para la de terceras personas.
Este procedimiento establece que aquel facultativo o persona que tenga noticia de una situación como esta deberá llamar a la Fundación Urgencias Sanitarias-061 y facilitarle los datos necesarios para analizar la demanda y proceder, dentro de sus posibilidades, la asignación de los recursos y respuestas que requiera la situación.
En el caso de que la llamada no proceda de un facultativo, se procederá a la evaluación médica de la situación por parte de un médico coordinador del 061 y a la asignación de los medios precisos cuando sean necesarios para el traslado del paciente y de los posibles afectados al hospital o centro de referencia.
Si el solicitante es un facultativo que ya ha valorado al paciente, deberá facilitar el correspondiente parte médico junto con la indicación de la necesidad de manera urgente.
De esta forma, una vez ingresado en el centro de referencia, el paciente será examinado por uno o varios especialistas que determinarán el tratamiento adecuado a su estado y emitirán el correspondiente informe a efectos de la ratificación judicial a la que se refiere el artículo 14.2 b) de la Ley 8/2008, del 10 de julio, de salud de Galicia, en relación con el dispuesto en el artículo 763 de la Ley de enjuiciamiento civil.