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Una facultativa analiza al detalle los perjuicios de estas jornadas de trabajo y desmonta los mitos a su alrededor

Guardias de 24h, "peligrosas para pacientes e injustas para los médicos"
La facultativa Elena Casado Pineda.


10 ago. 2021 10:00H
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Las guardias médicas de 24 horas son "arcaicas, peligrosas para los pacientes e injustas para los médicos". Así de claro lo considera una anestesióloga, quien las ha detallado desde su perfil de Twitter con la intención de despejar los mitos y las ideas equivocadas ante estas eternas jornadas.

En un vídeo, Elena Casado comienza explicando que de cara al paciente, "no es igual de seguro operar a las 3 de la mañana que a las 9; ni tampoco a las 11 cuando llevas todo el día trabajando. Es imposible, tus sentidos no están igual, tu cansancio ni tu mente está igual. Obviamente hay un riesgo mayor".

"Lo más fuerte es que el riesgo de que al paciente le pase algo no es de los que toman estás decisiones. Además de la carga mental que te llevas toda la vida, la carga legal va a ser culpa tuya y no del que te ha obligado a trabajar", continúa explicando esta facultativa especialista en Anestesiología.


"La mitad del salario médico son guardias de 24 horas"


Ante la excusa de su legalidad, las asemeja a la "exclavitud y la explotación, que también eran legales hasta que se ha regulado". A su vez, hace referencia al aspecto económico, otro de los motivos por los que supuestamente las guardias son rentables para los facultativos.

"La mitad del salario de los médicos son guardias de 24 horas que además son obligatorias y no podemos negociar. Cuando pedimos turnos de 12 horas nos chantajean con el tema económico. A parte de decirnos que es muy complicado y que se va a caer la sanidad pública. Enfermería hace 12 horas, celadores y auxiliares también", pone de ejemplo esta especialista.

Además, apunta, las horas de guardia se consideran complementarias y "es una forma de no deberte horas laborales que tendrían que cubrir con otros trabajadores pero de no tener que pagártelas a precio de horas extra". Y es que, "por legislación la hora extra ha de devolverse como tiempo libre o remunerarse un 75 por ciento por encima del precio de hora ordinaria".


Esta jornada complementaria convierte a los médicos en trabajadores a turnos con "todas las importantes repercusiones negativas que tiene para su salud esta forma de trabajo y sin ninguna de sus ventajas". "Mientras que al resto de categorías que hacen turnos, para compensar el esfuerzo y proteger su salud, se le aplica una disminución de la jornada anual, en el caso de los médicos les supone incrementar la jornada anual y además se abona a un precio inferior a la jornada ordinaria", argumenta Casado.

Diferencias de salario también en las guardias médicas según la CCAA


De igual forma, además de no recibir los días de libranza adecuados, estos "no entran en la cuenta de las horas de trabajo efectivamente prestadas. Y se nos puede requerir (y se hace) que trabajemos para compensar los sábados por la mañana". Además, "las guardias de sábado no solo no se libran todavía en muchas CCAA sino que además no se cobran las 24 horas, sino 17".

"Y obviamente esta jornada complementaria que no es ni extra ni ordinaria, al no contarse como tiempo trabajado ordinario no tiene contabilización a la hora de tu vida laboral de cara a la jubilación", explica la anestesióloga. Elena hace referencia a los datos publicados por el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, coordinado por Vicente Matas, que recogen que la media nacional de una guardia laborable es de 24,33€ brutos/hora (noches incluidas). En cuanto a los festivos, la media a nivel nacional es de 26,79€ brutos/hora (incluyendo noches otra vez).

"Hay una importante diferencia salarial según la CCAA en la que trabajes", critca esta médica, "La consideración en el Estatuto Marco del trabajo de guardia como jornada complementaria en lugar de trabajo efectivo o en su defecto como horas extraordinarias, que es lo que dice la Directiva Europea 93/104/CE, supone aumentarnos de forma desproporcionada la jornada laboral. Supone además el permitir menor remuneración de la hora de guardia que de la hora de trabajo ordinario. Permite, incumpliendo también la Directiva Europea no reconocernos la turnicidad y nocturnidad a efectos de reducción de la jornada laboral anual total y remuneración".

Para concluir, ElenaCasado lo resume de forma sencilla: "No libramos más, cuando sale de una guardia de 24h a las 8am de un martes, el miércoles a las 8am entras de nuevo a trabajar. Y no nos cuentan de cara a la jubilación".
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