El nuevo texto la necesidad de obtener un acuerdo con el Consejo Interterritorial para la actualización de los procesos asistenciales que se han de compensar a las CCAA



22 oct. 2015 13:11H
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David García. Madrid
El Ministerio de Sanidad ha hecho público el borrador del proyecto de Real Decreto “por el que se regula la gestión del Fondo de Garantía Asistencial y se modifica el Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria”.
 
En síntesis, este proyecto trata de adecuar ambas partidas y todo lo que les rodea a la nueva realidad de la sanidad española, es decir, al RD 16/2012 y a los nuevos presupuestos, que las confieren un carácter extrapresupuestario (al menos al Fondo de cohesión).
 
El texto explica que según el RD 16/2012, el Fondo de Garantía Asistencial “tiene por objeto garantizar la cohesión y equidad, mediante la cobertura de los desplazamientos entre comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de las personas que gozan de la condición de asegurado o de beneficiario en el Sistema Nacional de Salud”.
 

Agustín Rivero, director General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, de donde parte este proyecto normativo.

Y añade que “está destinado a la compensación entre comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla por las actuaciones que sus servicios de salud realicen en el marco de la aplicación de la cartera común básica de servicios asistenciales y de la suplementaria a las personas que gocen de dicha condición de asegurado en sus desplazamientos temporales”.
 
Una de las diferencias fundamentales entre este nuevo texto y el antiguo (el RD 1207/2006) es que el antiguo establecía que “compensará la asistencia sanitaria a pacientes residentes en España derivados entre comunidades autónomas”, mientras que el borrador recién publicado habla de “tarjeta sanitaria individual” en vez de simplemente tener residencia. Se adapta así al RD 16/2012.

El nuevo texto propuesto por Sanidad hace también un inciso importante en cuanto a la atención de los pacientes limítrofes (una partida que pertenece al Fondo de Cohesión). Según Sanidad, "se carece de información suficiente respecto a la cuantía y características de la atención de los pacientes limítrofes", y concluye que por esta razón "se pospone transitoriamente la obligatoriedad de esta modalidad de compensación".

 
El proyecto incluye dos anexos que corresponden a los procedimientos de atención primaria y cuantías compensables por Fondo de Garantía Asistencial en desplazamientos de corta duración y a los procesos con hospitalización y costes compensables, es decir, que le pone precio a todos los servicios que ofrece el SNS para luego poder compensarlos.
 
Así, en este sentido, otra de las novedades de este nuevo texto es que indica que la actualización de precios deberá realizarse en el primer semestre del año (el texto ‘antiguo’ no lo especificaba) y que el Ministerio podrá actualizar esos procesos “previo acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS”, mientras con anterioridad solo se exigía informar a este órgano, no hacía falta acordarlo.
 
El proyecto además actualiza y amplía todos los procesos asistenciales contemplados en la antigua norma y de hecho especifica que los nuevos anexos sustituirían a los antiguos.
 
Por último, el nuevo proyecto deroga el artículo 11 del anterior, relativo a la Comisión de seguimiento del Fondo de cohesión sanitaria, y establece una nueva comisión de este tipo, pero esta vez sobre los fondos de compensación para traslados entre comunidades autónomas. Establece además las funciones de esta nueva comisión que estaría presidida por el Director General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, y tendrá representantes de cada comunidad autónoma.
 
Según indica el Ministerio en el texto, “la no publicación de este proyecto de real decreto podría implicar dificultades para garantizar la cohesión y equidad” e indica asimismo que “resulta muy difícil calcular en su totalidad la repercusión presupuestaria derivada de la aplicación de esta nueva norma”.

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda al texto completo del Proyecto de Real Decreto

“El Fondo de Cohesión Sanitaria no ha desaparecido” (29/08/2015)

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