Rafael Matesanz, director de la Organización Nacional de Trasplantes.                                            
                                        
                                        
                                            Ni un atisbo de rédito económico o beneficio, ni para el donante ni para ninguna organización. 
El Boletín Oficial del Estado publica este viernes el Real Decreto, firmado por el ya exministro Alfonso Alonso, en el que se recogen l
a regulación de campañas de promoción y publicidad de téjidos y células humanas.
 
El texto no deja lugar a dudas sobre la finalidad de estas prácticas: “Se ajustarán a los 
principios de voluntariedad, altruismo y desinterés, debiendo advertir que ni el donante, ni ninguna otra persona física o jurídica, puede solicitar, ni percibir, contraprestación económica o remuneración alguna vinculada al objeto de este apartado”. De hecho, el Real Decreto deja claro que este tipo de acciones publicitarias deben hacerse con carácter general y evitará los llamamientos a la donación para un paciente concreto.
 
La responsable de aprobar las campañas será la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) que analizará el caso y cuyo 
director deberá ratificar la aprobación o denegación del permiso. La norma se aplica solo a la publicidad ya que deja claro que “en ningún caso, la autorización a la que se refiere este Real Decreto podrá amparar actividades de extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución o implante de células y tejidos humanos”, potestad que le corresponde a las autoridades competentes de cada comunidad autónoma.
 
Asociaciones de pacientes y bancos de sangre
 
Según destaca la norma, pueden solicitar la aprobación de campañas l
as asociaciones de pacientes, los bancos de sangre de cordón umbilical para uso autólogo o familiar, las empresas intermediarias de estos bancos o las entidades aseguradoras, las entidades para la captación de donantes de médula ósea, los centros o entidades de promoción de la donación de gametos, además de otro tipo de entidades debidamente registradas y que tengan como fin la promoción de la donación.
 
Este Real Decreto se publica tras la 
contienda legal que enfrentó a la ONT con la Fundación DKMS. El organismo público calificó las actividades de captación de donantes de médula ósea de la fundación de ilegales y esta se querelló por injurias. Finalmente, DKMS retiró la demanda, aunque la ONT solicitó al Registro Internacional de Trasplantes que retiren la información relativa a donantes proporcionada por DKMS.
 
 
                                        
 
                                        
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