Así lo fija el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses que se acaba de aprobar

 Pilar Llop, ministra de Justicia, presenta el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal
Pilar Llop, ministra de Justicia.


1 mar. 2023 10:20H
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El Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha sido aprobado, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) en su última publicación de este miércoles. Entre las novedades que incluye está la integración de medidas de protección contra la violencia de género que llevarán a cabo las unidades de valoración forense integral.

Concretamente, estos equipos multidisciplinares estarán formados por médicos forenses, psicólogos y trabajadores sociales que diseñarán protocolos de actuación global e integral en esos casos. Entre sus funciones estarán: la asistencia técnica especializada en materia de violencia de género y violencia sexual a los órganos judiciales en el ámbito territorial que les es propio; la recogida de información que permita generar conocimiento sobre ello; y la formación, docencia e investigación en materia de violencia de género y violencia sexual, en colaboración con la comisión de formación e investigación.

Además, el personal de las unidades de valoración forense integral tendrán formación especializada en familia, menores, personas con discapacidad y en violencia de género, sexual y doméstica. Para vigilar que realizan su trabajo de manera correcta, contarán con un código ético y de buenas prácticas.

Por otro lado, deberán tener previsto un plan de actuación territorial médico-forense ante sucesos con víctimas múltiples, que incluirá el transporte de cadáveres, así como las instalaciones alternativas en el caso de que el número de cadáveres supere la capacidad del instituto; e instruirán en la materia: "Fomentarán la formación de los diferentes profesionales en la respuesta forense en sucesos con víctimas múltiples con la adecuada cooperación entre los profesionales de los Ministerios de Justicia e Interior o de las comunidades autónomas".

Unidades docentes para impartir formación sanitaria


El reglamento refuerza la función de los institutos en relación con el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor, que se desarrolló en la ley anterior, y finalmente en la Orden JUS/127/2016, de 8 de febrero, por la que se fijan los precios públicos de las pericias efectuadas. 

De hecho, la promulgación del Real Decreto 704/2020, de 28 de julio por el que se establece el acceso al título de médico/a especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia, persigue mejorar la praxis pericial médica y, por tanto, dotar de mayor rigor a la Administración de Justicia que, en esta materia, precisa apoyarse en conocimientos especializados y basados en la evidencia científica. "Permite que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses que cumplan los requisitos, puedan acreditarse como unidades docentes para impartir formación sanitaria especializada en ciencias de la salud", se expresa en el texto.

Fuentes de información


Por otro lado, los institutos se convierten en un gran fuente de información y comunicarán al Instituto Nacional de Estadística (INE) las causas de muerte en el caso de las defunciones con intervención judicial, sin perjuicio de las colaboraciones en esta misma materia con otras administraciones autonómicas o locales.

En esta misma línea y según recoge el BOE, estas entidades informarán anualmente de su actividad a la Comisión Nacional de Estadística Judicial, al Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y a otros organismos estatales o comunitarios a través del Ministerio de Justicia o de aquellas comunidades autónomas con competencia en la materia.
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