Francia y Alemania protagonizan dos realidades paralelas en la garantía del derecho al aborto

La ministra de Solidaridad y Salud de Francia, Stephanie Rist, y la ministra de Salud de Alemania, Nina Warken.
La ministra de Solidaridad y Salud de Francia, Stephanie Rist, y la ministra de Salud de Alemania, Nina Warken.


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El mes pasado, España dio un paso adelante en el blindaje del aborto. De hecho, fueron las ministras de Igualdad, Ana Redondo, y Sanidad, Mónica García, las que trasladaron a la prensa tras el Consejo de Gobierno de un 14 de octubre la noticia de que se intentaría integrar la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho en la Carta Magna. Aunque la propuesta todavía debe tener el visto bueno del Congreso de los Diputado, nuestro país podría llegar a convertirse en uno de los más avanzados en este aspecto de la Unión Europea (UE), un territorio donde existe una gran dicotomía en cuanto a la aceptación o garantía del aborto.

Por un lado, Francia ha sido el primer país del mundo en incluir en su Constitución el aborto como derecho. No obstante, el Gobierno federal alemán todavía no ha clarificado cómo se cubren desde la Administración los costes de la interrupción voluntaria del embarazo. 

Eso sí, en ambos países los médicos y sanitarios tienen derecho a no practicar dicha intervención. De todas formas, España es única en este sentido, ya que ninguno de los dos cuenta con un registro gestionado por la Administración de objetores de conciencia como tal.

La objeción de conciencia en Francia y Alemania


Independientemente de que exista un listado público (para los gestores) o no, tanto en uno como en otro no es obligatorio realizar un aborto si va 'en contra' de tus valores éticos, morales o religiosos. Asimismo, los facultativos franceses tienen que informar sin demora a la persona interesada de su negativa y comunicarle inmediatamente qué profesionales pueden realizar esta intervención. Un 'blindaje' que también afecta a las matronas -que en Francia también pueden realizar abortos-, a los auxiliares y a las enfermeras. 

Además, un centro sanitario privado del país galo puede negarse a que se practiquen interrupciones voluntarias del embarazo en sus instalaciones. No obstante, eso no ocurre con los centros mencionados en el apartado 2 del artículo L.6161-5 de titularidad pública o con algún tipo de concesión reglada.
Algo similar pasa en Alemancia. Según han podido confirmar desde el Gobierno federal a Redacción Médica, "de conformidad con el apartado 5, de la Ley alemana sobre conflictos durante el embarazo (SchKG), la Asociación Médica Alemana (Bundesärztekammer) mantiene una lista para el Gobierno federal de médicos, hospitales y centros que le han notificado que practican abortos en las condiciones previstas en el artículo 218a, apartados 1 a 3, del Código Penal alemán". "Cuando se proporciona esta información, la lista también incluye detalles sobre los métodos utilizados para practicar abortos", han matizado.

Lo que significa que sí que existe un registro, aunque es totalmente voluntaria. Y es que la Asociación Médica Alemana actualiza la lista mensualmente basándose en la información que recibe, la publica en línea y la pone a disposición del Instituto Federal de Salud Pública, la Oficina Federal de Asuntos Familiares y Sociedad Civil y los estados federados. El hecho de que sea una acción voluntaria, han afirmado, respalda que "la lista BÄK no pretende ser exhaustiva y no refleja plenamente la disponibilidad de servicios de aborto".


Cobertura de costes del aborto


De hecho, la interrupción voluntaria del embarazo ocupa el foco mediático alemán en este momento. Tal y como ha podido conocer este medio, el Ejecutivo germano "está revisando actualmente las disposiciones del acuerdo de coalición, tras las elecciones de mayo de 2025, relativas a los embarazos en situaciones de conflicto y la anticoncepción, así como el refuerzo de la formación médica, teniendo en cuenta el reparto de competencias entre el Gobierno federal y los gobiernos estatales".

"Se están barajando dos opciones para aplicar el mandato del acuerdo de coalición en lo relacionado con la cobertura de los costes", han puntualizado. En primer lugar, se plantea aumentar el umbral de ingresos según el artículo 19 de la Ley alemana de protección de niños y jóvenes (SchKG).

"Se podría incrementar el umbral de ingresos del artículo 19 de la SchKG, por debajo del cual se considera irrazonable que las mujeres corran con los gastos de un aborto", han añadido. Por otro lado, se plantean "ampliar el grupo de personas necesitadas para las que el artículo 19 de la SchKG presume la irrazonabilidad". Es decir, pretenden ampliar el número de mujeres que pueden verse beneficiadas por las ayudas económicas estatales para pagar su aborto.

Del estigma al derecho universal


Ahora, el principal debate está en la cobertura de costes, pero hace unos años incluso se llegaba a dudar del derecho al aborto y Francia es un ejemplo de ello. El 17 de enero de 1975 se promulgó la ley que autorizaba la interrupción voluntaria del embarazo, conocida como Ley Veil (por el nombre de la ministra de Sanidad del Gobierno de Jacques Chirac, Simone Veil). 

Ese mismo años, la Seguridad Social gala no reembolsaba los gastos del aborto, pero se preveía una cobertura previa solicitud en concepto de asistencia médica. La ley de 31 de diciembre de 1982 establecía ya la cobertura por parte del Estado de los gastos incurridos por el seguro médico en concepto de interrupción voluntaria del embarazo.
Más adelante, la ley del 17 de diciembre de 2012 permitía la cobertura del 100 por ciento de los abortos por parte del seguro médico. Dos años más tarde, también se cubrían las ecografías y las pruebas biológicas asociadas al aborto.

Más novedades hubo en 2022 con una nueva norma destinada a reforzar el derecho a la interrupción donde se establecía una nueva ampliación del plazo legal de 12 a 14 semanas de embarazo. Por su parte, el plazo reglamentario para el aborto farmacológico en el país se amplió mediante un decreto del 19 de febrero de 2022 de 5 a 7 semanas de embarazo para permitir un mayor acceso al aborto.
El 8 de marzo de 2024, el Parlamento, reunido en congreso en Versalles, votó la inclusión en la Constitución de la libertad garantizada para todas las mujeres de recurrir al aborto. Francia se conviertió así en el primer país del mundo en reconocer en su Constitución esta libertad, que es competencia exclusiva de las mujeres. España, si agiliza su tramitación, podría ser el siguiente.
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