El Ministerio publica un procedimiento para convertir en personal estatutario fijo a profesionales de cinco centros

Defensa abre la estaturización de sanitarios en 57 especialidades médicas
Exterior del Ministerio de Defensa


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La ampliación ha llegado. La red sanitaria militar se prepara para 'ampliar sus filas' tras el último anuncio del Ministerio de Defensa. La cartera, liderada por Margarita Robles, ha dado luz verde a un proceso voluntario para integrar a los sanitarios que ya trabajan en este sistema en distintas  categorías. Estas, como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes, son funcionarios de carrera, personal laboral fijo, y, en determinados casos, como personal laboral temporal. Esto supone un más para la red sanitaria militar, que se centra en ofrecer este procedimiento para el Hospital Central de la Defensa en Madrid, el Hospital General de la Defensa en Zaragoza, el Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, el Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa y el Instituto de Toxicología de la Defensa.

Estos son centros son los espacios en los que se aplicará este procedimiento del Ministerio de Defensa. Con ello, y como indica el propio BOE, el departamento de Robles pretende sumar a los profesionales a su red sanitaria militar. Un conjunto que en los últimos meses ha añadido, a su vez, a otros trabajadores de la talla de TCAE, enfermeras y médicos. 


Requisitos y especialidades médicas


Más allá de estos nuevos fichajes, lo cierto es que el Boletín de este lunes desprende todos los detalles sobre este procedimiento. Para empezar, el listado de condiciones que tendrán que presentar los solicitantes en el caso de querer acceder a este proceso. Así, la primera de ellas consiste en tener la nacionalidad española, ser mayor de edad y no estar inhabilitado, entre otras cuestiones. 

A estos detalles se suman otros tantos. Para empezar, el profesional que quiera optar por esta convocatoria deberá estar ocupando un puesto definitivo o en adscripción provisional (o tener puesto reservado) en los centros mencionados. Es decir, en el Hospital Central de la Defensa en Madrid, el Hospital General de la Defensa en Zaragoza, el Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, el Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa o en el Instituto de Toxicología de la Defensa.

Estos apuntes suponen la base de la convocatoria. Pero a ellos se suma otro. Y es que la categoría profesional actual de los aspirantes debe ser equivalente a la categoría estatutaria de referencia que se presenta en la tabla de equivalencias del anexo I de este BOE. Estas son: 
  1. Alergología
  2. Análisis Clínicos
  3. Anatomía Patológica
  4. Anestesiología y Reanimación / Anestesia
  5. Angiología y Cirugía Vascular
  6. Aparato Digestivo
  7. Bioquímica Clínica
  8. Cardiología
  9. Cirugía Cardiovascular
  10. Cirugía General y del Aparato Digestivo / Cirugía General
  11. Cirugía Oral y Máxilofacial
  12. Cirugía Ortopédica y Traumatología
  13. Cirugía Pediátrica
  14. Cirugía Plástica, Estética y Reparadora
  15. Cirugía Torácica
  16. Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología / Dermatología
  17. Endocrinología y Nutrición / Endocrinología
  18. Geriatría
  19. Hematología y Hemoterapia / Hematología
  20. Hidrología Médica
  21. Inmunología
  22. Medicina de la Educación Física y el Deporte / Medicina Deportiva
  23. Medicina del Trabajo
  24. Medicina Familiar y Comunitaria / Médico/a de Familia
  25. Medicina Física y Rehabilitación
  26. Medicina Intensiva
  27. Medicina Interna
  28. Medicina Legal y Forense
  29. Medicina Nuclear
  30. Medicina Preventiva y Salud Pública / Salud Pública
  31. Microbiología y Parasitología
  32. Nefrología
  33. Neumología
  34. Neurocirugía
  35. Neurofisiología Clínica
  36. Neurología
  37. Obstetricia y Ginecología / Ginecología
  38. Oftalmología
  39. Oncología Médica
  40. Oncología Radioterápica
  41. Otorrinolaringología
  42. Pediatría y sus Áreas Específicas
  43. Psicología Clínica
  44. Psiquiatría
  45. Radiodiagnóstico / Radiología
  46. Radiofarmacia
  47. Radiofísica Hospitalaria
  48. Reumatología
  49. Urología

Asimismo, Defensa amplía el proceso para otras categorías estatutarias para A1 que son de carácter sanitario, pero que no se corresponden con las especialidades MIR convencionales:

  1. Farmacia Hospitalaria
  2. Farmacología Clínica
  3. Médico/a de Admisión y Documentación Clínica
  4. Médico/a de Urgencia Hospitalaria
  5. Médico/a de Emergencias
  6. Médico/a de Urgencias (en Atención Primaria)
  7. Odontólogo
  8. Técnico/a Salud Pública (para Farmacéuticos Titulares)
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