El Consejo de Ministros no cobrará estas tasas por “la situación de emergencia de salud pública” provocada por el virus

Coronavirus: exención del pago de tasas para ensayos contra el Covid-19
La ministra portavoz, María Jesús Montero, y el ministro de Agricultura, Luis Planas, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.


7 abr. 2020 18:50H
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una disposición por la cual se establece la exención del pago de tasas en los procedimientos de autorización de ensayos clínicos para investigar medicamentos relacionados con el coronavirus Covid-19.

El Gobierno ha autorizado no cobrar las tasas relacionadas con estos procedimientos de investigación debido a “la situación de emergencia de salud pública provocada por el Covid-19 y la necesidad de estimular la fabricación de productos sanitarios”.


La exención de tasas también afecta a otros tres procedimientos relacionados con la fabricación de productos sanitarios e investigaciones clínicas


Esta aprobación afecta, tal y como aparecen recogidas en las referencias posteriores al Consejo de Ministros, también se aplicará a otros tres procedimientos: los que afectan a las licencias previas de funcionamiento, a las licencias excepcionales para la fabricación de los productos sanitarios necesarios y a los procedimientos de autorización de investigaciones clínicas con productos sanitarios, todos ellos relacionados con el coronavirus Covid-19.

Compatibilizar la pensión con la reincorporación de sanitarios


En otro orden de cosas, el Consejo de Ministros de este martes también ha aprobado una disposición que afecta de lleno a los recursos humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS). En concreto, el Gobierno ha incluido modificaciones relacionadas con la incorporación al ordenamiento jurídico los efectos de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario de los profesionales sanitarios que se sumen a la lucha contra la pandemia del coronavirus Covid-19.

Esto supone que este colectivo verá ampliada su cobertura de la protección de Seguridad Social sea cual sea la contingencia, tanto por enfermedad como por enfermedad profesional. Asimismo, están incluidos los accidentes, sean o no de trabajo, y los que se produzcan “in itinere”, recoge la disposición. 
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