El régimen salarial y demás compensaciones económicas habían sido acordados con los sindicatos el pasado octubre

Trabajo oficializa el nuevo convenio sectorial de aseguradoras y mutuas
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.


9 abr. 2022 11:30H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
El Ministerio de Trabajo ha hecho oficial el acuerdo sectorial alcanzado el pasado octubre entre las patronales del sector de aseguradoras, mutualidades y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Unespa, Amat, Asecore y CEM) y los sindicatos CCOO Servicios y UGT. De esta manera se establece el régimen salarial que se mantendrá durante el periodo 2020-2024.

Según la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la cartera liderada por Yolanda Díaz da el visto bueno al Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a las "tablas salariales y los conceptos económicos correspondientes al año 2022 del Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social".

De esta manera, Trabajo hace público el acuerdo y ordena su inscripción en el Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. También ha notificado de ello a la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación que ha gestionado el dicho acuerdo. 

¿Qué cambios salariales recoge el nuevo convenio asegurador?


El nuevo convenio recoge un aumento salarial del 0,5 por ciento en 2020 sobre las tablas salariales de 2019, del 1 por ciento en 2021 y del 1 por ciento en 2022, aunque en este último caso el incremento fijo sería del 1,2 por ciento si el IPC de 2021 fuese igual o superior al 2 por ciento.

Como el IPC del ejercicio 2022 ha sido superior al 2 por ciento, se aplicará una corrección adicional del 120 por ciento para el año 2022. Para los ejercicios 2023 y 2024 se aplicará la fórmula tradicional que toma como referencia la evolución del PIB corregido por el IPC.

Para rejuvenecer las plantillas del sector, la empresa podrá decidir la jubilación forzosa de una persona cuando alcance la primera edad ordinaria de jubilación y siempre que tenga derecho al 100 por ciento de su pensión. A cambio, tendrá que contratar obligatoriamente a otra persona con contrato indefinido a tiempo completo, de forma que no haya pérdida de empleo en el movimiento neto de plantilla.

El nuevo convenio también regula el teletrabajo para el sector de seguros y mutuas cuando este supere el 30 por ciento de la jornada en tres meses de referencia, estableciendo unos mínimos que pueden mejorarse a nivel de empresa mediante negociación colectiva.

Las partes han acordado también una compensación de gastos de dos euros diarios, que se revalorizará a partir de 2023 en el mismo porcentaje que lo haga la tabla salarial. Además, las empresas proporcionarán una dotación mínima de ordenador, 'smart pc' o similar, además de otras herramientas necesarias para llevar a cabo la actividad laboral.

Respecto a las vacaciones, se ha establecido un día adicional de descanso a partir del 1 de enero de 2024, un incremento que no afectará a las empresas que ya tienen unas vacaciones de 26 o más días. A partir de esa misma fecha, la jornada laboral se reducirá en ocho horas, pasando de 1.700 horas anuales a 1.692 horas.
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