El diario oficial recoge la autorización del Congreso de los Diputados al nuevo marco de medidas excepcionales

El ministro de Sanidad, Salvador Illa.


POR MARCOS DOMINGUEZ
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la autorización de la prórroga del estado de alarma, que se extenderá desde el próximo 9 de noviembre a las 0 horas hasta el 9 de mayo de 2021, también a las 0 horas.

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La prórroga introduce algunos cambios respecto a la declaración de estado de alarma original. Por ejemplo, Canarias ya no tiene ‘bula’ para librarse de las limitaciones a la libertad de circulación de personas en horario nocturno, el llamado toque de queda, que las comunidades pueden aplicar entre las 23 y las 6 horas (con variación de una hora al comienzo o al final).

Además, la comparecencia del ministro de Sanidad ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados tendrá periodicidad mensual y no quincenal, como se establecía en el Real Decreto 926/2020, que inició el segundo estado de alarma nacional durante la pandemia de Covid-19. Asimismo, el presidente del Gobierno solicitará su comparecencia en el Congreso cada dos meses.


Revisión del estado de alarma a los cuatro meses


La resolución de las Cortes Generales que aprueba esta prórroga establece que, transcurridos cuatro meses de vigencia de la misma [es decir, el próximo 9 de marzo], la conferencia de presidentes autonómicos podrá formular al Gobierno una propuesta de levantamiento del estado de alarma “previo acuerdo favorable del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales y económicos”.

Las medidas establecidas en el estado de alarma podrán ser flexibilizadas o suspendidas en cada comunidad o ciudad autónoma “a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad”.
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