Los facultativos participarían con mayor frecuencia en los procedimientos y sus informes tendrían más peso probatorio

El Congreso debatirá un papel más activo del médico en juicios de eutanasia
Exteriores del Congreso de los Diputados.


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El Parlamento de Cataluña maniobra para acortar la travesía judicial de los trámites de eutanasia, lo que implicaría, entre otros efectos, un papel más activo y relevante de los profesionales médicos en los recursos contra autorizaciones de la llamada ‘muerte digna’. La propuesta será debatida en el Congreso de los Diputados, que ha registrado ya el cuerpo de la Ley.

Fue el pasado 20 de mayo cuando el Parlamento autonómico adoptó la decisión de defender en la Cámara Baja esta Proposición de Ley destinada a reformar la actual norma sobre eutanasia y evitar dilaciones en los procesos. La propuesta, que surge a raíz del polémico caso de Noelia Castillo, la joven de 25 años que recibió la muerte asistida tras una larga pugna legal (el recurso lo interpuso su padre), lleva las firmas de PSC-Units, Junts, ERC, Comuns y la CUP, aunque también fue apoyada por Aliança Catalana (solo PP y Vox votaron en contra).

A grandes rasgos, la Proposición de Ley busca agilizar la resolución de los recursos contra las resoluciones de la Comisión de Garantía y Evaluación (que decide en este tipo de procesos) y evitar así que los procesos se alarguen. Para ello, se aboga por que los recursos se presenten en un plazo máximo de tres días y que en los dos días siguientes la Comisión remita al debido Tribunal Superior de Justicia el expediente administrativo “acompañado de los informes y los datos que considere oportunos”.

Médicos en los juicios por eutanasia


Es en este punto donde entra en juego el facultativo implicado en el caso. Según consta en el cuerpo de la norma, el letrado de la Administración de Justicia deberá, “en el plazo improrrogable de cinco días desde la interposición del recurso”, deberá convocar ante el Tribunal en los diez días siguientes tanto a la Fiscalía como al representante legal de la Administración, a la persona que ha solicitado la prestación de ayuda para morir (o su representante) y a los médicos “que han emitido los informes en el procedimiento”. También a los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación que fueron designadas para verificar la solicitud.

“El Tribunal […]  deberá escuchar de manera contradictoria a todos los personados y podrá pedir a cada uno de los comparecientes que concrete los hechos y que puntualice, aclare o rectifique cuanto sea necesario para delimitar el objeto del debate y las posiciones de cada uno -reza la proposición-. El Tribunal deberá resolver en el plazo improrrogable de tres días desde la celebración de la audiencia. La resolución es firme y no se puede interponer contra ella recurso alguno”.

De salir adelante la reforma de la Ley, los médicos participarían con una mayor frecuencia en los procedimientos judiciales rápidos. Además, se reforzaría la relevancia jurídica de sus informes iniciales, que obtendrían un mayor peso probatorio ante el tribunal, dado que el margen temporal para la instrucción sería significativamente menor.
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