Para verificar el nivel de las aptitudes y conocimientos para su ejercicio profesional

Sanidad evalúa a los fisioterapeutas europeos que buscan trabajar en España
Una fisioterapeuta durante su jornada laboral.


13 jun. 2017 11:10H
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POR REDACCIÓN
El Ministerio de Sanidad celebrará una prueba de aptitud para los sanitarios de la Unión Europea que han solicitado el reconocimiento de su cualificación para ejercer en España la profesión de fisioterapeuta. El proceso está enmarcado en la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, así como en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre.

Sanidad apunta que “el contenido de la prueba de aptitud tendrá en cuenta aquellas materias cuyo conocimiento es fundamental para el ejercicio de la profesión de y en las que la formación recibida por el solicitante presenta diferencias sustanciales de duración o contenido respecto a la formación exigida en España”. Una evaluación que, según indica la Administración Pública en el BOE, estará constituida en dos partes.

La primera parte de la evaluación será teórica, a través de “un ejercicio escrito de ochenta preguntas más ocho de reserva, en las que se incluirán casos clínicos. En el ejercicio figurarán respuestas múltiples de las que sólo una será correcta”. La prueba, que tendrá una duración de ocho horas, tendrá una puntuación máxima de 100 puntos.

El examen también cuenta con una evaluación oral donde “el aspirante deberá responder a las preguntas que le formule el Tribunal en relación con los casos clínicos planteados en la primera parte”. No obstante, desde el Ministerio de advierte que “la superación de la segunda parte de la prueba implica la superación de la prueba de aptitud exigida con carácter previo a la resolución de reconocimiento profesional”.

Para los aspirantes que como consecuencia de estar afectados por una discapacidad precisen algún tipo de adaptación para la realización del ejercicio tendrán que remitir una fotocopia compulsada de la certificación oficial acreditativa de su discapacidad, escrito motivado especificando dichas adaptaciones, a fin de que la Dirección General de Ordenación Profesional, resuelva según proceda.
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