La propuesta de la CNMC surge tras analizar un caso ocurrido en junio de 2024

La CNMC recomendó poner a la venta los tes de embarazo fuera de farmacias. Sanidad explica en Redacción Médica su postura.
Mónica García, ministra de Sanidad.


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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) abrió la puerta a que los test de embarazo pudieran comercializarse fuera de las farmacias. A través de un informe, el citado organismo recomendó la puesta en venta de estas pruebas en otros comercios "que cumplan con los requisitos necesarios". Con ello, se pretendía facilitar el acceso a estos productos por parte de los consumidores. No obstante, la decisión final recae en el Gobierno. Así, y según las declaraciones prestadas a Redacción Médica, el Ministerio de Sanidad descarta, por ahora, la aplicación de esta medida.


La propuesta de la CNMC


La CNMC ha recomendado permitir la venta de test de embarazo fuera de las farmacias. La propuesta surge tras analizar un caso ocurrido en junio de 2024, cuando la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ordenó a una parafarmacia de Sonseca (Toledo) cesar la venta de estos productos, tanto en tienda física como por internet. Previamente, una inspección detectó que la empresa en cuestión publicitaba estos productos en su página web y después los enviaba directamente a los domicilios de los usuarios, lo que impulsó la actuación de las autoridades sanitarias.

Por su parte, la empresa afectada recurrió a la Secretaría para la Unidad de Mercado alegando posibles obstáculos a la libre competencia. Sin embargo, la CNMC respaldó la actuación de la Consejería, remitiéndose al Real Decreto 1662/2000, que limita la venta de productos de diagnóstico in vitro (DIV) exclusivamente a farmacias y prohíbe su comercialización online. No obstante, Competencia también plantea revisar esta normativa y sugiere abrir el mercado a otros comercios que cumplan “con los requisitos necesarios”.

Qué dice Sanidad sobre la venta de test de embarazo 


En este contexto, y en respuesta a la consulta realizada por este medio, el Ministerio de Sanidad ha afirmado que, a pesar de que “de manera general, los productos sanitarios no utilizados por profesionales pueden adquirirse en cualquier punto de venta, incluidas las oficinas de farmacia”, esto no es aplicable a las pruebas de autodiagnóstico, entre las que se incluyen los test de embarazo. En estos casos, según defienden, es importante no solo la correcta utilización, sino también la interpretación por parte de la ciudadanía, ya que el resultado de la prueba puede derivar en la toma de decisiones erróneas que atenten contra la salud.

Asimismo, argumentan que “la Agencia Española de Medicamentos (AEMPS) considera imprescindible la labor de la atención farmacéutica personalizada de una oficina de farmacia: informando adecuadamente a la ciudadanía sobre el uso correcto de los test y la interpretación de resultados”. Con ello, se pretende garantizar la asistencia de un profesional sanitario.

En consecuencia, desde el Ministerio también han querido poner en valor la figura del farmacéutico, ya que “como profesional sanitario en contacto directo con los pacientes que utilizan estos productos, forma parte del sistema de vigilancia y, por tanto, tiene el deber de comunicar a la AEMPS cualquier disfunción, alteración de las características o de las prestaciones de un producto, así como cualquier inadecuación del etiquetado o de las instrucciones de uso”. De este modo, y gracias a la actuación de este último, la distribución a través del canal farmacéutico garantiza una mayor trazabilidad de los productos sanitarios, facilitando su identificación y retirada del mercado en caso de ser necesario.
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