Entre los aspectos modificados, defiende que la reforma legislativa posiciona contra las medidas impuestas por las regiones en materia de medicamentos



4 jul. 2013 17:12H
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Fernando Redondo.

Redacción. Madrid
La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) ha alertado de que la reforma de la Ley del medicamento que se está tramitando en el Senado "abre la vía" de un doble precio para los fármacos y productos sanitarios, al establecer como regla general que el precio de financiación pública será inferior al precio industrial que tendrá cuando se dispense fuera del Sistema Nacional de Salud (SNS).

En su Observatorio del Medicamento de mayo, la patronal lamenta que se trata del aspecto "más negativo" de esta norma, impulsada por el Ejecutivo para adaptar las Directivas europeas sobre farmacovigilancia e introducir nuevas reglas para evitar que los medicamentos falsificados entren en la cadena de suministro legal y que modifica la actual Ley de Garantías en varios artículos.

Asimismo, también cuestionan la "minuciosidad" con la que se abordan las faltas y sanciones que pueden aplicarse a las oficinas de farmacia. Por contra, consideran que el aspecto "más positivo" de esta nueva Ley es el final de la intervención previa en la publicidad de medicamentos.

Entre los aspectos modificados que pueden tener mayor influencia sobre la actividad de los farmacéuticos con oficina de farmacia, defienden que la reforma legislativa "se posiciona claramente" en contra de las dificultades impuestas por las comunidades en estos últimos años para el acceso al mercado de los medicamentos en igualdad de condiciones.

Además, estrecha el cerco "aún más" a las actividades de exportación paralela de medicamentos y establece una completa regulación de los cosméticos y los productos de cuidado personal.

Ley Foral de Navarra

Por otro lado, FEFE ha analizado la sentencia del Tribunal Constitucional de 6 de junio de 2013 sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, en relación con  la Ley Foral de Navarra 12/2000 de 16 de noviembre de Atención Farmacéutica.

En este sentido, destacan que se declara inconstitucional la concertación selectiva y la voluntariedad de suscripción del Acuerdo Marco y, en cambio, sí que pueden ser objeto de concierto todas las materias que sean competencia de la comunidad en relación con la oficina de farmacia como establecimiento sanitario de carácter público.

Por consiguiente, explican, no puede ser objeto de concierto el copago ni la fijación de precios, aunque sí las condiciones de pago de la Administración.

"Esta sentencia supone a nuestro entender el fin del artículo 107.4 de la Ley General de la Seguridad Social, nunca expresamente derogado, pero cuya aplicación ha sido casi general a la hora de negociar los Conciertos para excluir a otras organizaciones representativas como, por ejemplo, nuestras patronales", explica el presidente de FEFE, Fernando Redondo.

 

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