El fin es adaptarlas a los trabajos sobre el catálogo común y facilitar la comunicación con las empresas fabricantes

El SNS actualiza la clasificación de los productos ortoprotésicos
Patricia Lacruz Gimeno, Directora General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.


23 ene. 2019 10:40H
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El Ministerio de Sanidad ha actualizado la clasificación de sillas de ruedas, de ortesis y de ortoprótesis especiales a utilizar por las empresas para comunicar la información de sus productos al Sistema informatizado para la recepción de comunicaciones de productos ortoprotésicos al Sistema Nacional de Salud (Sirpo), detallando las correspondientes subdivisiones de los grupos y los subgrupos.

Según recoge este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia -dirigida por Patricia Lacruz-, ha desarrollado y actualizado las clasificaciones con el fin de adaptarlas a los trabajos que se están desarrollando sobre el catálogo común y para facilitar a las empresas la comunicación de la información de sus productos al Sirpo y a la futura oferta de productos ortoprotésicos.

La nueva clasificación ha sido previamente remitida al Comité asesor para la prestación ortoprotésica, a la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación, así como al sector ortoprotésico y a las asociaciones de pacientes.

Tipología de los productos


Asimismo, en el BOE se recoge la elaboración de cada una de las tipologías de productos, no siendo necesaria la comunicación al Sirpo de los productos pertenecientes a las tipologías que figuran como de elaboración a medida.

En caso de que alguna empresa considere que el modo de elaboración asignado a la tipología del producto no se ajusta a las características de alguno de sus productos, detalla el documento oficial, lo hará constar en el epígrafe de observaciones al comunicar el mismo al Sirpo.

Además, si una empresa dispone de algún producto ortoprotésico que por sus características no puede clasificarse en ninguna de las tipologías de productos recogidos en las clasificaciones para el Sirpo, pero considera que debería valorarse su inclusión en el futuro catálogo común, podrá comunicarlo utilizando el apartado del Sirpo denominado "Productos que no se ajustan a la clasificación".







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