La comunidad cántabra reacciona a menos de una semana de publicarse en el BOE



28 dic. 2015 20:44H
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Redacción. Madrid
La comunidad autónoma de Cantabria ha reaccionado contra la entrada en vigor del Real Decreto de prescripción enfermera, el día 24, con el primer anuncio desde entonces para tramitar un recurso ante el Tribunal Supremo que invalide la ley, paso que hasta la fecha solo había dado, en la misma dirección, el propio Consejo de Enfermería.

María Luisa Real, consejera de Sanidad.

En efecto, este lunes, la consejera de Sanidad cántabra, María Luisa Real, ha informado a la presidenta del Colegio Oficial de Enfermería de Cantabria, Rocío Cardeñoso, y a la secretaria autonómica de Satse-Cantabria, María José Ruiz, sobre las actuaciones que su departamento va a llevar a cabo para garantizar la continuidad asistencial en la práctica enfermera tras la entrada en vigor del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los profesionales de enfermería.

Entre ellas ha citado la tramitación de la autorización por parte del Consejo de Gobierno de la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo frente a este Real Decreto, solicitando su suspensión cautelar. Ha explicado que esta medida se desarrollará sin perjuicio de otras posibles impugnaciones que procedan conforme a Derecho.

Real ha reiterado su desacuerdo con el contenido de este Real Decreto, y ha destacado que, mientras no se elaboren y validen los documentos que desarrollen el contenido del Real Decreto, y con el fin de garantizar la continuidad asistencial en relación con la práctica enfermera continuarán en vigor los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial actualmente vigentes.

En cualquier caso, y conforme a la disposición transitoria única del RD, los enfermeros que no hubieran adquirido las competencias sobre indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, dispondrán de un plazo de cinco años para la adquisición de dichas competencias y la obtención de la correspondiente acreditación.

Defensa a ultranza de la capacitación enfermera

Además de defender firmemente la capacitación profesional del personal de enfermería ha opinado que con este Real Decreto el Gobierno viene a provocar un enfrentamiento, donde no lo había, entre médicos y enfermeros, entre los profesionales de quienes depende el Sistema Nacional de Salud.

En este sentido, Real ha recordado que de acuerdo con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, los profesionales de enfermería tendrán como guía de su actuación el servicio a la sociedad, el interés y salud del ciudadano a quien se presta el servicio, el cumplimiento riguroso de las obligaciones deontológicas o, en su caso, de los usos generales propios de su profesión.
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