La medida se articulará a través de un Real Decreto-ley para un sistema "gradual y flexible", según el Gobierno

Nueva jubilación parcial en sanidad: quién puede pedirla y los que no, según Elma Sáiz
Elma Sáiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


La jubilación parcial vuelve a abrirse paso en la sanidad pública, como ha informado Redacción Médica, pero no lo hace todavía para todos los profesionales. El Consejo de Ministros ha aprobado una fórmula para desbloquear el acceso a esta modalidad de retiro del personal laboral sanitario, que llevaba más de un año en una situación de bloqueo tras los cambios introducidos en el sistema de jubilación parcial.

La medida permite que las administraciones puedan recurrir a contratos temporales de relevo mientras no sea posible incorporar trabajadores fijos o estatutarios. Es decir, se habilita una solución transitoria para que el personal laboral de la sanidad pública pueda acogerse a la jubilación parcial sin tener que esperar a que se resuelvan procesos selectivos o nuevas Ofertas Públicas de Empleo.

La decisión se articulará a través de un Real Decreto-ley, según explicó la ministra portavoz y titular de Seguridad Social, Elma Saiz, tras el Consejo de Ministros. El Gobierno defiende que se trata de un “sistema gradual y flexible” para acudir a la contratación temporal de relevistas cuando no sea posible incorporar empleados fijos o estatutarios.

Qué médicos, enfermeras... pueden pedir la jubilación parcial


El desbloqueo afecta al personal laboral de la sanidad pública. Este colectivo tenía reconocido el derecho a la jubilación parcial, pero en la práctica se encontraba con dificultades para hacerlo efectivo por los nuevos requisitos exigidos a los contratos de relevo.

La jubilación parcial permite acceder a esta modalidad hasta tres años antes de la edad ordinaria de retiro, con una reducción de jornada de entre el 25 y el 75 por ciento. Durante ese periodo, el trabajador compatibiliza parte de su salario con la pensión, en función del porcentaje de jornada que mantenga.

El punto clave está en el contrato de relevo. Este contrato sirve para cubrir la parte de la jornada que deja vacante el trabajador que se jubila parcialmente. Desde abril de 2025, los contratos de relevo vinculados a estas jubilaciones deben ser indefinidos y a tiempo completo. Esa exigencia, pensada sobre todo para el sector privado, también terminó afectando al personal laboral de las administraciones públicas.

El problema es que, en la Administración, la incorporación de personal fijo o estatutario exige procesos selectivos con plazos largos. Por eso, el Gobierno permite ahora que, mientras no puedan incorporarse trabajadores fijos o estatutarios, se firmen contratos temporales de relevo.

Por qué estaba bloqueada la jubilación parcial en sanidad


El bloqueo arrancó con la entrada en vigor, en abril de 2025, de los cambios en el sistema de jubilación acordados entre el Ministerio de Seguridad Social, patronales y sindicatos en julio de 2024. Entre esas modificaciones figuraba la obligación de que los contratos de relevo fueran indefinidos y a tiempo completo.

En el sector público, esta exigencia chocaba con las reglas de acceso al empleo público. El personal laboral sanitario quedó así en una especie de limbo: sus condiciones de jubilación se rigen por el Régimen General de la Seguridad Social, pero la contratación de relevistas en la Administración debe respetar los criterios selectivos propios del sector público.

Función Pública ya había firmado en diciembre de 2024 un acuerdo con CCOO y UGT para recuperar la jubilación parcial en el sector público. En ese pacto se contemplaba reformar el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social para asegurar que los contratos de relevo fueran fijos o estatutarios. Sin embargo, cuando entró en vigor el nuevo marco de jubilación parcial, esas reformas legislativas aún no estaban aprobadas.

Quiénes quedan fuera de la jubilación parcial en sanidad


El desbloqueo aprobado por el Consejo de Ministros no resuelve todavía la situación de todo el personal sanitario público. Según advierte CCOO, el Gobierno mantiene pendiente la recuperación de la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario.

Este es el matiz principal para médicos, enfermeras y otros profesionales sanitarios del Sistema Nacional de Salud: la medida aprobada facilita el acceso del personal laboral sanitario a la jubilación parcial, pero no supone aún una recuperación completa de este derecho para estatutarios y funcionarios.

CCOO considera que el problema “está lejos de resolverse totalmente” y lamenta que el Gobierno no haya recuperado todavía la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario, tal y como se había comprometido en el Acuerdo para una Administración del Siglo XXI.

Contratos temporales en sanidad hasta que lleguen fijos o estatutarios


La solución aprobada pasa por permitir contratos temporales de relevo hasta que las plazas puedan cubrirse de manera definitiva. Los sindicatos habían reclamado precisamente una salida transitoria para evitar que los tiempos de las OPE impidieran ejercer un derecho ya reconocido al personal laboral.

CSIF ha señalado que había reclamado al Gobierno que regulara la jubilación parcial para el personal funcionario y estatutario y que incluyera medidas transitorias para que el personal laboral pudiera acogerse de manera inmediata a esta modalidad con contrato de relevo.

CCOO, por su parte, ha valorado la medida como resultado de una “intensa lucha sindical” frente a una situación que considera provocada por la falta de diligencia del Gobierno central. Aun así, el sindicato mantiene la presión para que la jubilación parcial se extienda también al personal funcionario y estatutario.

De este modo, la jubilación parcial sanitaria entra en una nueva fase: se desbloquea para el personal laboral de la sanidad pública, pero queda pendiente la solución definitiva para estatutarios y funcionarios.
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