Opinión de Ofelia De Lorenzo, con motivo del 40 aniversario de la Ley General de Sanidad

Ofelia De Lorenzo Aparici, Ley General de Sanidad
Montaje fotográfico: Lucía Sancho.


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Opinión de Ofelia De Lorenzo Aparici, presidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario y gobernadora por España en la World Association for Medical Law (WAML)


Una ley del siglo XX para una sanidad del siglo XXI



Pertenezco a una generación que no vivió el contexto social, político y sanitario de 1986. No conocimos el momento fundacional de la Ley General de Sanidad, pero sí hemos heredado sus consecuencias. Y, sobre todo, somos responsables de su interpretación y aplicación en un entorno radicalmente distinto.

La Ley General de Sanidad ha sido, sin duda, una de las grandes construcciones del estado del bienestar en España. Pero en 2026 la pregunta ya no es qué representó, sino si sigue siendo capaz de dar respuesta a la realidad sanitaria actual.

Hoy, el sistema sanitario se enfrenta a desafíos que trascienden completamente el marco en el que nació esa ley: envejecimiento, cronicidad, coordinación sociosanitaria, digitalización y, de forma muy significativa, la irrupción de la inteligencia artificial.

En este último ámbito, la paradoja es evidente. La regulación de la inteligencia artificial se está desarrollando de forma intensa en el ámbito europeo, a través de instrumentos como el Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE, el Reglamento General de Protección de Datos o el futuro Espacio Europeo de Datos Sanitarios. Es decir, normas existen. El problema no es su ausencia, sino su falta de integración en nuestro sistema sanitario.

Esta desconexión genera un vacío práctico: la asistencia sanitaria incorpora cada vez más herramientas basadas en datos y algoritmos, pero sin que exista un marco sanitario claro que ordene su utilización desde la perspectiva de los derechos del paciente y la organización del sistema.

Por ello, más que una regulación tecnológica exhaustiva, lo que se necesita es una actualización de los principios que deben regir su incorporación. En este sentido, cualquier reforma del marco sanitario debería contemplar, al menos, tres elementos esenciales.

En primer lugar, un sistema sólido de garantías para los pacientes, que asegure la transparencia y la explicabilidad de los sistemas de inteligencia artificial, así como el derecho a la supervisión humana en las decisiones clínicas.

En segundo lugar, una reflexión sobre la responsabilidad en entornos donde la decisión clínica ya no es exclusivamente humana, sino compartida con sistemas automatizados.

Y, en tercer lugar, una gobernanza adecuada del dato sanitario, que permita compatibilizar su protección con su utilización para mejorar la calidad asistencial y la innovación.

Más que preservar el texto en su forma original mediante ajustes parciales, el reto consiste en mantener vivos los principios que le dieron sentido —universalidad, equidad y calidad— en una realidad radicalmente distinta.

En este sentido, desde la responsabilidad institucional que implica la Asociación Española de Derecho Sanitario y la participación en foros internacionales de la disciplina, la reflexión no puede limitarse al ámbito nacional. Cuestiones como la responsabilidad sanitaria en entornos tecnológicos, el desarrollo de mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos o la necesaria respuesta jurídica frente a las pseudociencias exigen una visión compartida y comparada. Por ello, el debate debe situarse en un contexto global de transformación del Derecho Sanitario.

La cuestión ya no es valorar el acierto de la ley en su origen, sino determinar si el marco jurídico actual puede dar respuesta a una sanidad profundamente distinta. En este contexto, más que una actualización, el sistema parece requerir un nuevo impulso normativo capaz de integrar de forma coherente los desafíos del presente.
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