El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo justifica en los centros concertados con apuros económicos

La Justicia plantea que el médico no cobre el día posterior a las guardias
Exterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.


13 dic. 2016 9:10H
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha abierto la puerta a que los médicos dejen de cobrar el día posterior a una guardia, conocido también como ‘Day off’. Una situación que se acaba de dar en la Corporación de Salud del Maresme y la Selva (CSMS), a la que el citado tribunal le ha dado la razón sobre su decisión de dejar a abonarlas.

“Esta Sala considera que concurren en la empresa circunstancias que inciden en su competitividad y que justifican la adopción de determinadas medidas dirigidas a mejorar su posición en el mercado; habida cuenta de que tampoco pueden ser estimadas las concretas alegaciones con que los actores cuestionan tal valoración”. Señala el fallo, que estima que hay razones suficientes como para que la empresa haya aplicado este recorte.

“En cuanto a la alegación de que la empresa tenía margen para haber adoptado otras medidas que no afectaran a los derechos de tos trabajadores, además de que no concretan esas alternativas posibles, las decisiones al respecto entran dentro del ámbito de la gestión empresarial sin que la vía judicial deba realizar un juicio de oportunidad sino tan solo de adecuación entre la causa acreditada y la modificación llevaba a cabo por la empresa”, matiza la tribunal.

“Conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa está autorizada para realizar las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo ‘cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción’, entendiéndose que quedan  justificadas todas aquellas que guarden relación ‘con la competitividad,  productividad u organización técnica de la empresa’”, concluyen, abriendo la puerta a futuros casos similares.

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