Dictado del Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles que permite a los trabajadores "ser indemnizados en caso de cese"

Fallo judicial: el hospital debe hacer indefinidos no fijos a sus interinos
Exteriores de los juzgados.


17 abr. 2019 18:05H
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El Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles ha dictado que el Hospital Universitario Fundación Alcorcón deberá reconocer a un grupo de trabajadores interinos como "indefinidos no fijos", ya que sus contratos "excedieron en tiempo" y "no respondieron a un carácter excepcional".

En octubre de 2018 un grupo de ocho trabajadores de este centro sanitario demandaron al Hospital de Alcorcón y a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y exigieron que se les reconociese como trabajadores indefinidos. Posteriormente los demandantes retiraron esta medida contra Sanidad.

Antes de que estos trabajadores contasen con un contrato de interinidad, habían prestado servicios para el hospital "sin solución de continuidad", como interinidades por sustitución de excedencia, en reducción de jornada por guarda legal, baja maternal o por incapacidad temporal; además de contratos eventuales por cobertura de actividad en vacaciones.

Así, estos trabajadores reclamaron ante el tribunal que se les reconociese su carácter indefinido, derivado de la concatenación de contratos temporales y por la ausencia del carácter "excepcional" de los mismos; y se apoyaron en el artículo 15.5 de la Sucesión de Contratos del Estatuto de los Trabajadores.

Por su parte, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón defendió que dicho artículo no era de aplicación "por tratarse de un contrato de interinidad por vacante".

Finalmente el Juzgado de los Social número 2 de Móstoles ha hecho referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que estima que los trabajadores vinculados con la Administración Pública por un contrato de interinidad para cubrir vacantes que superen los tres años deben de ser calificados trabajadores indefinidos.

Así, el bufete Martínez-Echevarría Abogados, que se han ocupado de la defensa de los mismos, han apuntado en un comunicado que este fallo les permite "ser indemnizados en caso de cese" y la posibilidad de "reclamación ante la Justicia" que tengan los interinos que se encuentren en una situación análoga a la de los demandantes.
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