Ni la Ley del Medicamento ni el Decreto 1710/2010 otorgan a los enfermeros una competencia profesional para prescribir de forma autónoma medicamentos sujetos a receta médica



24 may. 2013 13:09H
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Redacción. Madrid
La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo General de Colegios de Médicos contra el Decreto 1710/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, pero interpreta que tanto la Ley del Medicamento como dicho Decreto "no otorgan a los enfermeros una competencia profesional para prescribir  de forma autónoma medicamentos sujetos a receta médica", y señala que "los enfermeros tampoco pueden usar o indicar los medicamentos sujetos a receta médica, sin el previo diagnóstico y prescripción del médico, aunque existan los protocolos".

Tribunal Supremo.

El fallo explica que "la sujeción a la prescripción médica no es alterada por el hecho de que puedan establecerse protocolos para esa actividad de indicación y uso tras la correspondiente diagnosis médica y subsiguiente prescripción por los profesionales sanitarios concernidos: los médicos más los odontólogos y los podólogos en el ámbito de sus competencias respectivas".

De la misma manera, refleja que "la facultad de prescripción de medicamentos no resulta modificada y, por ende, la competencia previa de diagnóstico", o lo que es lo mismo "la prescripción por el médico de medicamentos sujetos a receta médica no se ve alterada".

La sentencia recalca que "el enfermero podrá indicar el uso de medicamentos sujetos a prescripción médica, tras haber sido recetados por el médico, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros, y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud". Por otro lado, el fallo señala que el Decreto impugnado por otorgar, entre otras facultades, a los farmacéuticos la de bloquear la dispensación, "tampoco interfiere en la competencia prescriptiva de los médicos".

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