El Tribunal Europeo explica que "no es la primera vez que las conclusiones se interpretan de manera contradictoria"

El TJUE aclara: no se abre la puerta a dar plaza fija al personal interino
Exteriores del TJUE.


30 oct. 2019 16:00H
SE LEE EN 3 minutos
La Abogada General de la UE, Juliane Kokott, dictó el pasado 17 de octubre un pronunciamiento en el que señalaba que, pese al abuso que hacen las administraciones del personal interino, la solución no pasa por convertir a este personal en fijo de forma automática: “Tendría graves consecuencias para el acceso a la función pública”, advierte en sus recomendaciones al Tribunal de Luxemburgo, aunque confiesa que estas situaciones deben castigarse de forma “efectiva y disuasoria”.

Una semana después, el abogado de la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS), Javier Aráuz, afirmaba tajantemente que la Abogada General de la Unión Europea propone en su escrito "sancionar" a las administraciones públicas españolas por "abuso de la temporalidad", con la "fijeza" de los eventuales o con una "indemnización con sanción adicional disuasoria y efectiva".


"En ningún caso parece abrirse la puerta a esa fijeza automática como castigo a las administraciones sanitarias"


"Se acaba con el despido libre y gratuito pues, como sanción, el empleado temporal tiene derecho a la transformación de su relación temporal en una fija", explicaba el letrado de los interinos. 

La sentencia despejará las dudas 


Ante esta afirmación, contraria a la interpretación inicial del escrito de la abogada alemana Kokott, Redacción Médica se ha puesto en contacto con el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que aclara que 'en ningún caso parece abrirse la puerta a esa fijeza automática como castigo a las administraciones sanitarias, puesto que el texto de las conclusiones dice claramente que "la cláusula 5 del Acuerdo Marco no se opone a una jurisprudencia de los tribunales nacionales conforme a la cual el uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales por parte de una Administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija'".

Aún así, desde el TJUE aclaran que "no entra dentro de nuestras competencias interpretar lo que ha dicho la Abogada General ni proporcionar una interpretación oficial”, subrayando que “no será la última vez en que las conclusiones y las sentencias se interpreten de manera contradictoria".

Hay que recordar que las recomendaciones de la jurista alemana son previas a la sentencia del TJUE y en ningún caso son vinculantes, pero suelen coincidir con lo que fallan posteriormente el tribunal europeo. De este modo, no será por tanto hasta finales de año o principios de 2020 cuando el tribunal europeo emita su sentencia final al respecto, la cual prevé que zanje este asunto.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.