Condena de 30.000 euros por no prestar la atención adecuada
No se le dispensaron al paciente los cuidados “que necesitaba durante los primeros 20 días de su ingreso”
Redacción. Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar con 30.000 euros a una paciente parapléjica que sufrió la aparición de una úlcera sacra por no recibir un tratamiento adecuado a su situación durante los primeros 20 días de su ingreso a una clínica concertada con el Sermas.
Los hechos se remontan a 2008 cuando a la paciente se le detectó una úlcera por presión en zona sacra que fue empeorando hasta generar necrosis en ciertas partes. La afectaba alegaba que con el ingreso a la clínica, tras permanecer meses en el hospital, no se le dispensaron los cuidados y la atención adecuada a su situación. Concretamente, se alegaba que no recibió en dicha clínica durante varios días los cambios posturales que debían realizarse, según los protocolos argumentados en el recurso, cada tres o cuatro horas.
En la sentencia, el tribunal remarca que el informe pericial y de la Inspección Sanitaria coinciden en que a la paciente no se le dispensaron los cuidados "que necesitaba durante los primeros 20 días de su ingreso en la clínica concertada, lo que dio lugar a que se produjera una úlcera por presión en región sacra que se descubrió cuando la misma se encontraba estadio II".
No obstante, no aprecia "mala praxis a partir de entonces" porque, al descubrirse dicha úlcera, se inició un "tratamiento tópico continuando". A ello siguió un tratamiento antibiótico sistemático con base en un antibiograma, así como un refuerzo proteico en la alimentación y transfusiones lo que "no impidió" que llegara a un estadio de necrosis, "cuya curación no pudo lograrse por causas que ya no son directamente atribuibles a la falta de atención y cuidados". Por tanto, el TSJM considera que la situación de mala práxis sólo se produjo los primeros 20 días del ingreso de la paciente a la clínica.