La sentencia ordena la elaboración de un nuevo censo electoral que incluya a todo el personal que reúna los requisitos para ser electores en la fecha de la votación



22 mar. 2016 15:58H
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Redacción. Madrid
El Juzgado de lo Social número uno de Pamplona ha emitido una sentencia favorable al Sindicato Médico de Navarra, por la que se obliga a la Consejería de Salud a actualizar el censo de sus trabajadores laborales y a repetir el procedimiento electoral con el nuevo censo.

La sentencia anula el laudo arbitral que dio la razón a la postura de la Mesa Electoral del SNS-O, mediante el que se impidió en las pasadas elecciones ejercer el voto a 94 MIR de primer año, al haber denegado la actualización del censo electoral solicitada por el Sindicato Médico. Una decisión que contravino la normativa vigente que reconoce el derecho al voto de estos médicos al cumplir los requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.

En este sentido, el Sindicato Médico de Navarra interpuso demanda contra el Servicio Navarro de Salud – Osasunbidea y contra los sindicatos AFAPNA, CCOO y ELA. Todos ellos minoritarios en el SNS-O y contrarios a que se actualizase el Censo Electoral, con lo que privaron del derecho al voto a prácticamente la mitad de los MIR de Navarra.

La juez estima íntegramente la demanda del sindicato y anula el laudo arbitral impugnado. La sentencia ordena la elaboración de un nuevo censo electoral que incluya a todo el personal que reúna los requisitos para ser electores en la fecha de la votación.
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