Esta forma de presupuestar obligó al Gobierno a iniciar un mecanismo extraordinario de pago a proveedores



12 jun. 2014 11:16H
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Redacción. Madrid
El Tribunal de Cuentas cuestiona en un informe los presupuestos de las comunidades autónomas en materia sanitaria, pues detecta una “permanente insuficiencia estructural” para dar cobertura a los gastos de cada ejercicio a pesar de conocer el gasto real de los años anteriores.

Ramón Álvarez, presidente del Tribunal de Cuentas.

Esta advertencia consta en el informe de fiscalización del sector público autonómico en los años 2010 y 2011 realizado por el Tribunal del Cuentas, que aprecia un “paulatino incremento” de la consignación de compromisos de gasto con cargo a años futuros, lo que podría “distorsionar la sostenibilidad” del sistema sanitario.

Las CCAA presupuestan de forma ineficiente

El órgano auditor critica que las comunidades no sólo presupuesten de forma insuficiente, sino que además recurran de forma periódica a generar gasto que excede lo consignado en los presupuestos.

Esta forma de presupuestar ocasionó un problema de tesorería “de tal magnitud” que a finales de 2011 el Gobierno central tuvo que poner en marcha el mecanismo extraordinario de pago a proveedores.

El informe del Tribunal de Cuentas analiza la evolución de las entidades públicas autonómicas, que entre 2009 y 2011 se redujeron en 86.

En concreto, las empresas públicas pasaron de 637 en 2009 a 602 en 2011, mientras que los organismos autónomos y los entes públicos de derecho administrativo descendieron de 250 a 236.

Aumentó el endeudamiento en un año

El informe escruta la evolución financiera de las regiones en los dos años fiscalizados, en los que todas terminaron con déficit y en las que su endeudamiento pasó de 70.000 millones de euros a 1 de enero de 2010 a 119.000 millones a finales de 2011.

También destaca el notable incremento de la deuda con acreedores de las comunidades autónomas, que era de 139.000 millones en 2010 y de 173.000 millones en 2011, más de una cuarta parte de ellos correspondientes a Cataluña.

El Tribunal de Cuentas cuestiona además determinados mecanismos de contratación de las autonomías, en concreto la “tendencia cada vez más generalizada” a la utilización de encomiendas de gestión a entidades instrumentales para la prestación de servicios que normalmente se llevaban a cabo mediante contratos públicos.

El auditor apunta que las empresas públicas a las que se realizan las encomiendas carecen de medios para realizarlas, de modo que terminan por contratar con terceros y se limitan a hacer actuaciones de carácter jurídico, como la contratación.

Para el Tribunal de Cuentas, con esa práctica se produce una degradación de los requisitos exigibles para la prestación de servicios públicos.

Por ello, considera “cuestionable” la procedencia de esas encomiendas de gestión, convertidas “en meros instrumentos de financiación de la gestión de servicios públicos y de la realización de las obras, suministros y servicios necesarios para el ejercicio de sus competencias por las administraciones públicas”.

En materia de contratación, el Tribunal subraya que la justificación de la necesidad de los contratos para los fines del servicio público “no se especifica con un mínimo de concreción razonable” ni se acreditan las necesidades.

Aprecia irregularidades en varios de los expedientes analizados y plantea que en los casos de fraccionamiento de gasto mediante contratos menores se ha puesto de manifiesto la coincidencia en el objeto de las contrataciones, con un importe superior a lo permitido por la ley.
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