Una sentencia de 2013 elevaba la carga impositiva del 10 al 21 por ciento



17 mar. 2016 11:10H
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Redacción. Madrid.
La Comisión Europea tiene previsto aprobar la próxima semana una propuesta que dará más libertad a los Estados miembros en su regulación del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Una medida que podría afectar directamente al sector sanitario, que el 1 de enero de 2015 vio cómo la subida de esta tasa aumentaba del 10 al 21 por ciento el gravamen sobre los productos sanitarios, lo que teóricamente iba a aportar 400 millones de euros más a las arcas del Estado.

Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea; junto a Mariano Rajoy, presidente del Gobieno español.

La idea de la Comisión es ampliar la lista de bienes y servicios que se benefician del tipo reducido o incluso abolir este listado y dar libertad completa de capitales para fijar el IVA, sustentado esto con unas reglas básicas que eviten la competencia fiscal a la baja, según informa el diario El País. Claro que para que esto sea una realidad, el texto deberá ser aprobado por el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea.

Por el momento, la sanidad privada sigue sometida a una carga fiscal que desde el primer momento consideraron desproporcionada. Así, la Federación Nacional de Clínicas Privadas (FNCP) ya advirtió que ese 21 por ciento iba a provocar que los precios de las compras habituales iban a aumentar un 2,6 por ciento. El Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS), por su parte, cuantificó el impacto de la subida impositiva en un aumento de los costes de más de 82 millones de euros para todo el sector, reduciendo el resultado medio del Ebitda un ocho por ciento. 

En declaraciones a Redacción Médica apenas tres meses después de que se implementara el nuevo nivel de impuesto, Enrique Álvarez, presidente de la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin), explicaba que el nuevo panorama iba a tener un impacto de "500 millones de euros" en el sector. "Se trata de una barrera adicional y puede suponer un problema para determinadas compañías e incluso para las cuentas de explotación de algunos hospitales", añadía el directivo.

La situación previa es que España aplicaba un tipo reducido a los equipos médicos y productos sanitarios en general, lo que fue considerado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que en enero de 2013 condenaba a España al considerar que era una práctica “ilegal”. De acuerdo con la normativa comunitaria, los Estados miembros pueden aplicar un tipo reducido a los equipos médicos, a los aparatos y a demás instrumental “utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias” que sean “para uso personal y exclusivo de minusválidos”.

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