Ha estimado el recurso de apelación interpuesto por un farmacéutico contra la inadmisión de su querella



11 feb. 2015 12:40H
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Redacción. Palma
La Audiencia Provincial de Baleares ha dictado un auto con el que ordena al Juzgado de Instrucción número 7 de Palma admitir a trámite una querella interpuesta por un presunto delito de prevaricación contra el presidente del Govierno, José Ramón Bauzá Díaz, y contra el consejero de Salud, Martí Sansaloni, por no haber convocado concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia por tener "intereses personales en el sector".

Bauza.

De esta forma, el tribunal de la Sección Segunda ha estimado el recurso de apelación interpuesto por un farmacéutico contra la inadmisión de su querella en primera instancia, al recalcar que deben practicarse diligencias que lleven a determinar los hechos presuntamente delictivos, por lo que por ahora no cabe su inadmisión a trámite.

Junto a Bauzá y Sansaloni, también figura como querellado el director general de Gestión Económica y Farmacia, Vicente Sánchez, mientras que la denuncia fue posteriormente ampliada contra la secretaria general de la Consejería de Salud, Lucía Matías, por infidelidad en la custodia de documento y falsedad en documento público y prevaricación.

El querellante alegaba que el anterior Gobierno había autorizado la creación de nuevas farmacias en Baleares desde febrero de 2009 hasta mayo de 2011 mientras que, en octubre y noviembre de ese año, se autorizaron dos más. Sin embargo, recrimina que no fue hasta agosto de 2013 cuando el actual Ejecutivo instó la convocatoria del concurso de méritos para determinar a quién debían ser adjudicadas.

En su auto, el tribunal asevera que la inadmisión acordada en primera instancia "solo se permite en el caso en que los hechos, pura y objetivamente", tal y como están redactados en la querella, "presenten o no, a las claras, caracteres de delito". "La mínima duda que exista sobre la configuración fáctica o encuadre jurídico sólo permite dictar una resolución de admisión de la querella para la posterior investigación de los hechos", añade.

La Audiencia señala que, si bien el retraso en la apertura del concurso "pudo obedecer a la simple o intrínseca lentitud de la Administración o a otros intereses, o a la propia situación económica”, en la que podría apreciarse "atisbo alguno de omisión grosera, flagrante y evidente del ordenamiento jurídico", la presunta actuación delictiva por parte del Gobierno "no puede descartarse con la rotundidad necesaria" hasta que no se practiquen las pruebas de investigación pertinentes.

De hecho, el tribunal señala que "en este momento" y tal y como lo relata la querella, "sí se aprecia que dicha omisión puede comportar una ilegalidad patente, grave, manifiesta y evidente", por lo que emplaza, una vez admitida a trámite, al interrogatorio de los querellantes  y perjudicados por "los posibles intereses concurrentes en la falta de convocatoria".
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