El Consejo de Enfermería estudia interponer un recurso de amparo ante el Constitucional



3 jul. 2014 10:47H
SE LEE EN 3 minutos
Cristina Mouriño. Madrid
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado admitir el recurso de casación interpuesto por el Consejo General de Enfermería y el Colegio de Enfermería de Madrid contra la sentencia de noviembre de 2011 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que da vía libre a que únicamente aquellos que ostenten la condición de médicos facultativos puedan asumir las funciones de director en un centro de salud de la Comunidad de Madrid. El TS justifica la inadmisión en que el consejo y el colegio no son parte en este proceso, por lo que no cabe la interposición de este recurso.

La sentencia viene a colación de la publicada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que reconocía que sólo los médicos podían ser directores de centro. Además, el alto tribunal admitió a trámite el recurso de la Sociedad Madrileña de Medicina de Familia y Comunitaria (Somamfyc); la Asociación Madrileña de Pediatría de Atención Primaria (Ampap), el Colegio de Médicos de Madrid, y las organizaciones sindicales UGT y Amyts, que consideraban que estas funciones no podían ser desempeñadas por cualquier tipo de profesional sanitario, sino por aquellos que tengan la condición de médicos facultativos.

Sin embargo, el Consejo de Enfermería asegura que “la Comunidad no comunicó la existencia de este proceso judicial ni al Colegio de Enfermería de Madrid ni al propio consejo por lo que se impidió que pudieran conocer el proceso y personarse como parte perjudicada”. Asimismo, señala que “el abandono de la Consejería de Sanidad de Madrid, que decidió no recurrir en casación, obligó al Consejo de Enfermería a poner en marcha todo su mecanismo jurídico para conseguir ser admitido como parte, algo que reconoció la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM”.

Según los enfermeros, “la sentencia no entra en ninguna cuestión de fondo y se olvida de que el Consejo General había intervenido en el proceso de elaboración del decreto impugnado, siendo por tanto, parte del mismo”. Ante esta situación, sus servicios jurídicos van a estudiar si resulta viable presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Somamfyc celebra el final del proceso y Amyts pide a Sanidad que acate la sentencia del TSJM

Desde Somamfyc “celebran el final de un proceso judicial de años de duración” y que a su juicio “en ningún momento cuestiona la importante labor desarrollada por enfermería en los centros de salud.

Por su parte Amyts señala que “tras la sentencia del Supremo, la Consejería de Sanidad tendrá que acatar la sentencia del Superior de Justicia de Madrid, modificar el decreto y convocar las direcciones que actualmente están ocupadas de forma provisional”. Según estima el Sindicato Médico, alrededor de 20 centros de un total de 270 que conforman la red madrileña están liderados por enfermeros.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.