Con el objetivo de conocer exhaustivamente la actividad que realicen estos representantes sindicales en cada mesa de negociación



30 mar. 2015 17:21H
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Redacción. Madrid
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha creado un Registro de Órganos de Representación del Personal al Servicio de la Administración General del Estado (AGE) y de sus organismos, agencias, universidades y entidades dependientes, tal y como publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda.

Este registro se crea con el objetivo de que en él se anoten los acuerdos adoptados que afecten a la creación, modificación y supresión de órganos de representación del personal funcionario, estatutario o laboral que afectan, entre otros, a los comités de seguridad y salud. Estas anotaciones estarán relacionadas con el número e identidad de los miembros que conformen estos órganos de negociación, así como otras variaciones como la creación, modificación o supresión de secciones sindicales; cesiones de créditos horarios que den lugar a la dispensa total o parcial de la asistencia al trabajo; liberaciones que deriven de pactos o acuerdos, etc.

Para evitar desajustes en la gestión

Se trata, por tanto, de un instrumento de gestión que proporcionará a la Administración una información exhaustiva y actualizada de los órganos de representación del personal que en su ámbito constituyan, para evitar posibles situaciones de heterogeneidad, dispersión o desajustes en la gestión ordinaria de esas materias.

A través de esta orden, se establecerán las normas de organización y funcionamiento de este registro, así como que la gestión se realizará de forma descentralizada, identificando las funciones que correspondan en exclusiva a la Dirección General de la Función Pública y a aquellas que se atribuyen al resto de órganos de gestión.

Organización del registro

En el documento oficial también se establece la organización que tendrá este registro, formado por las siguientes secciones: dispensas de asistencia al trabajo; órganos de representación del personal funcionario, estatutario o laboral, y los miembros de los mismos; centros de trabajo, secciones y delegados sindicales; comités de seguridad y salud y delegados de prevención; mesas generales, sectoriales y órganos descentralizados de negociación dependientes de las mismas.

Asimismo, se establece que el correspondiente órgano de personal tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para comunicar al registro los actos que sean objeto de anotación, y estas anotaciones se realizarán por los responsables de su gestión en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Finalmente, el proyecto contiene cuatro disposiciones adicionales relativas al régimen de comunicaciones; organismos no incluidos en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado; prohibición de que esta orden implique un incremento del gasto público; y las facultades de control.

La orden entrará en vigor a partir del 1 de julio del presente año.

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