Apunta también que debe aclararse qué es vulnerar “la obligación de abastecimiento”, dado que se podría restringir la libertad de empresa de la distribución



18 nov. 2012 20:13H
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Joaquín García Bernaldo, presidente de la CNC.

Eduardo Ortega Socorro. Madrid
La Comisión Nacional de Competencia (CNC) advierte de que el control de precios de fármacos y productos sanitarios no financiados que puede ejercer la administración (hasta que surja una legislación que regule los mecanismos de precio) “debería ser valorado con mucha cautela, debiendo someterse tal ejercicio a una justificación extremadamente rigurosa por parte del Ministerio competente, de su necesidad y proporcionalidad”.

Esta es una de las principales conclusiones del informe de la CNC sobre el Anteproyecto de Ley de Modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos. Considera que “la intervención gubernativa no debería sustituir a la fijación del precio derivada de la libre interacción entre oferta y demanda a menos que exista una justificación adecuada para el mismo”.

Por otro lado, sí se muestra tajante en que “la redacción debería proporcionar un concepto más claro de vulneración de la obligación de abastecimiento” de los mayoristas. En el informe se considera que no se esclarece si, para no incurrir en la infracción en cuestión, “basta con cumplir con el abastecimiento al mercado nacional, o bien es necesario además que ese abastecimiento constituya la función prioritaria y esencial del distribuidor”.

La CNC considera que hacerlo “ello permitiría evitar interpretaciones extensivas” que tengan efecto o incidan en “decisiones relativas a la política comercial de los distribuidores, en restricción de su libertad de empresa, y adicionalmente generen inseguridad jurídica”.

Esta cuestión hace que gane importación la reclamación del sector de que en el real decreto de distribución en el que trabaja Sanidad se asegure el derecho del mayorista a ser suministrado por los laboratorios, y de esta manera poder segurarse a su vez asegurar el abastecimiento a las farmacias.

Más flexibilidad y menos restricción

Asimismo, dado que se establece que todas las entidades dedicadas a distribución deberán disponer de un director técnico farmacéutico, pide una mayor flexibilidad en los colectivos que pueden ejercer esta función y que la norma sea menos restrictiva. 

Por otro lado, la CNC considera que debería eliminarse el que se se puede apreciar una posible existencia de competencia desleal, sin más definición. “Ya existen respuestas del ordenamiento jurídico, tanto público como del privado, para sancionar tales conductas”.

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