Se elimina la penalización anunciada inicialmente por absentismo



24 may. 2012 17:11H
SE LEE EN 3 minutos

Juan Luis Sánchez de Muniain, portavoz del Gobierno de Navarra.

Redacción. Pamplona
El Gobierno de Navarra ha aprobado el proyecto de ley foral de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, que recoge entre otras la ampliación de la jornada de los empleados públicos o la jubilación obligatoria, con carácter general, a los 65 años. Por contra, no se recoge la medida relativa a la penalización salarial por absentismo, que sí propuso inicialmente el Gobierno de Navarra.

El proyecto, que será remitido al Parlamento para su aprobación, contempla que las medidas recogidas entren en vigor el 1 de julio y que la mayor parte estén vigentes hasta el 31 de diciembre.

El Gobierno de Navarra ha adoptado ocho actuaciones que afectan a las condiciones de empleo, que se suman a otras cuatro de tipo organizativo aplicadas desde el pasado mes de febrero. Con ellas, el Gobierno de Navarra prevé ahorrar en torno a 25 millones de euros en el capítulo I (personal), que en 2011 supuso un gasto final de 1.156 millones de euros, frente a los 1.143 millones consignados en los presupuestos del ejercicio.

Estas medidas de gestión del gasto público están recogidas en el acuerdo suscrito entre UPN y PSN en cumplimiento del objetivo de déficit. El portavoz del Gobierno de Navarra, Juan Luis Sánchez de Muniáin, ha afirmado en rueda de prensa que “ha habido diálogo y negociación en la Mesa de la Función Pública”.

Jubilación obligatoria

Entre los ajustes recogidos en el proyecto de ley, se encuentra la jubilación obligatoria a los 65 años, salvo excepciones (cuando no se haya generado derecho a pensión aunque solo hasta los 70 años, cuando sea imprescindible para la prestación de servicios o hasta la finalización del curso escolar en el caso del personal docente).

Se concede un plazo de tres meses para que solicite la jubilación el personal mayor de 65 años que en la actualidad permanece en servicio activo (en caso contrario, se declarará de oficio).

Asimismo, se suspende la paga por variables correspondiente al mes de vacaciones (trabajo en días festivos, en horario nocturno y guardias de presencia física y localizadas), y se suspende la ayuda familiar para cónyuge o pareja estable que no perciba ingresos.

Igualmente, se amplía la jornada de trabajo del personal de las Administraciones Públicas, conforme a las medidas adoptadas con carácter general para el sector público. Se establece la jornada anual de 1.628 horas de cómputo anual (1.592 en la actualidad) y su traslación de igual manera a las diferentes jornadas existentes (1.493 horas para quienes estén a turnos de mañana, tarde y noche; 1.548 para los de jornada flexible -guarderío forestal-; 1.571 para el turno fijo de noches; 1.590 para los de turno de mañanas y tardes con trabajo en domingos y festivos; y 1.605 horas para jornada partida con trabajo en domingos y festivos).

Asimismo, se limitan las prestaciones que no cubre la sanidad pública y que tienen reconocidas funcionarios acogidos al sistema de asistencia sanitaria “Uso especial”, como son la óptica y la odontología (límite de 200 euros por beneficiario y año natural).

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.