La Comunidad Valenciana deja atrás lo recogido en el decreto 38/2007 y crea un nuevo marco común

Sanidad regula el pago del plus por productividad basado en 4 normas
Ana Barceló, consellera de Sanitat Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana.


19 jul. 2021 10:20H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana ha aprobado una nueva regulación del sistema de incentivación retributiva del personal sanitario gestionado por el propio departamento. Un modelo que regulará el pago del plus por productivadad basadonse en cuatro normas. 

El nuevo marco normativo que nace de la necesidad de introducir modificaciones en la regulación del complemento de productividad del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la conselleria. Aunque, según resaltan en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, las modificaciones realizadas son puntuales y  es más “apropiado” aprobar un nuevo decreto que contenga toda la regulación de la materia, ya que se añade un nuevo capítulo.

El modelo del que se parte ha dado soporte al sistema de dirección por objetivos en las instituciones sanitarias. El mero hecho de asignar objetivos claros y precisos a los distintos centros y departamentos, relacionados sobre todo con la calidad de la asistencia sanitaria, el establecimiento de un sistema de indicadores y su posterior evaluación  no recoge la totalidad de supuestos que son retribuidos con un concepto salarial que también debe ser considerado de productividad.

Regulación de las actividades fuera de la jornada ordinaria


En el nuevo capítulo se desarrolla un marco normativo con el propósito de establecer un conjunto de reglas generales que se deberán aplicar a todos los programas especiales que tienen en común la realización de actividades concretas fuera de la jornada ordinaria general, y cuya retribución cabe también dentro del concepto retributivo del complemento de productividad.

Hasta ahora estas no estaban expresamente incluidas en el Decreto 38/2007 por lo que se han articulado a través de diversos acuerdos individuales de la Conselleria. Con el nuevo decreto se busca crear un nuevo marco común que aglutine todas estas actividades.

En el nuevo decreto se desdobla el sistema de incentivación retributiva del personal gestionado por la conselleria en dos: el ya existente, en el capítulo II, que ahora se denomina subsistema de productividad general o por logro de objetivos, que esencialmente representa el despliegue de los acuerdos de gestión en todos los centros y unidades, y la subsiguiente evaluación del grado de cumplimiento de objetivos; y en el capítulo III, el subsistema de productividad por participación en actividades concretas fuera de la jornada ordinaria general, actividades que tampoco pueden englobarse en el complemento retributivo de atención continuada para el mantenimiento de la asistencia sanitaria o la cobertura de la urgencia.

Según las autoridades valencianas, la regulación de esta nueva modalidad de productividad se perfila como un marco que les da amparo normativo, pero que necesita de un desarrollo aplicativo concreto en los correspondientes acuerdos del Consell donde, con respeto a las reglas generales que se regulan en el decreto, deberán ser detallados y contar en cada caso con una dotación presupuestaria específica. No obstante, la disposición transitoria enumera los distintos supuestos que cumplen esas características en la actualidad.


Las cuatros criterios que marcarán la determinación de los objetivos son:

  • Todo el que ha empeorado debe, al menos, recuperar lo perdido.
  • Mejora continua acotada: el que ha mejorado debe, al menos, mantener el 50 por ciento de su tasa de mejora. Si existe un valor óptimo, no es necesario rebasarlo.
  • Ningún departamento de salud debe tener un objetivo inferior a la mediana de la situación de partida.
  • A los que están mejor se les exige un menor esfuerzo de mejora y los que están peor deben hacer un mayor esfuerzo de mejora.
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