La Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana abrirá el plazo de alegaciones durante 15 días naturales

La Generalitat Valenciana saca a información pública el proyecto de decreto de creación de los centros de Atención Urgente 24 horas (CAU24H)
El director general de Atención Primaria de la Generalitat Valenciana, Carlos Momparler.


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La Generalitat Valenciana saca a información pública el proyecto de decreto de creación de los centros de Atención Urgente 24 horas (CAU24H) en la Comunidad Valenciana. La Conselleria de Sanidad abrirá este miércoles el plazo de alegaciones al proyecto de decreto del Consell, que también determina la estructura y organización de estos equipamientos, hasta el 15 de abril.

Durante quince días naturales, personas o entidades que se consideren interesadas en esta normativa podrán hacer alegaciones, sugerencias o observaciones en el portal GVA Participa o por correo electrónico, según consta en el anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), firmado por el director general de Atención Primaria, Carlos Momparler.

Jefe de sección de los centros


Según el documento, cada centro tendrá un jefe de sección, cuyas funciones serán las de dirigir, coordinar y supervisar la actividad asistencial del centro; gestionar los recursos humanos y materiales; establecer protocolos y guías clínicas; y coordinar la actuación del centro con los otros dispositivos del departamento de salud.

Asimismo, también deberá promover la formación continuada del personal; elaborar memorias de actividad y propuestas de mejora; velar por la calidad asistencial y la satisfacción de los pacientes; y promover la participación en proyectos de investigación sobre el ámbito de sus competencias.

Los centros contarán con una supervisora de Enfermería responsable de la organización y otra supervisora del personal enfermero. Por su parte, la dotación en recursos humanos de un dispositivo de este tipo estará formada por personal médico, enfermero, técnico sanitario de radiodiagnóstico, técnico de cuidados de Enfermería y personal administrativo.

A su vez, el personal médico serán especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria procedentes de equipos de Atención Primaria y médicos de Urgencias y Emergencias de hospitales del departamento de salud en el cual se sitúa el dispositivo, así como los actuales médicos de atención continuada de los departamentos. Tanto los que están prestando servicios en la modalidad de jornada ordinaria como de atención continuada.

El jefe de sección del centro propondrá la hoja de planificación de cobertura de turnos a la dirección del servicio de urgencias hospitalarias y a la dirección médica de Atención Primaria, que la autorizarán garantizando la prestación continuada mediante rotación o asignación según disponibilidad de cada centro de salud y hospital adscrito al departamento de salud.

Por último, el personal mantendrá vinculación funcional y orgánica con su unidad de procedencia dentro de la Agrupación Sanitaria Interdepartamental (ASI), y estará sujeta a los criterios de movilidad y coordinación para la correcta cobertura de la asistencia urgente en el centro. La dirección gerencia de la ASI podrá incrementar la plantilla de los centros en función de las necesidades asistenciales, la estacionalidad de la demanda y los programas especiales de atención.
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