Entre las nuevas condiciones de concertación se integran dos nuevos convenios de colaboración

Navarra refuerza la digitalización en sus farmacias
Una oficina de farmacia.


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El Servicio Navarro de Salud ha actualizado las condiciones de concertación de sus farmacias con la publicación de un nuevo acuerdo que sustituye al aprobado en el año 2019.

Entre las novedades más destacadas, se amplía el papel de las farmacias en la colaboración con programas de salud pública con la firma de dos nuevos convenios: Uno para la entrega de medicamentos extranjeros por desabastecimiento y otro para la realización de pruebas rápidas de VIH en farmacias.

En el texto de 2019, se recogían también los convenios de tratamiento sustitutivo con opiáceos y de deshabituación tabáquico. La normativa actual contempla la posibilidad de participar en otros convenios adicionales que puedan firmarse durante la vigencia del acuerdo, lo cual no estaba previsto en la versión anterior.

También se han actualizado los términos de facturación electrónica, por el que se indica que, “las recetas en papel se facturarán mediante la mecanización informática y el coste de esta digitalización será a cargo de las oficinas de farmacia”.

Devolución de recetas y financiación


La normativa actual incluye una relación más extensa y específica de causas de anulación total y parcial de recetas, detallando más casuísticas (por ejemplo, invalidación por prescripción de fórmulas magistrales no ajustadas al anexo, problemas con el visado, errores en la prescripción, falta de firma del médico, o cupones precinto no originales). También introduce códigos concretos de anulación y devolución, estructurando mejor los motivos.

Se incluye también la posibilidad de financiación de cualquier medicamento o producto sanitario que el Servicio Navarro de Salud financie dentro de sus competencias y según normativa específica, abriendo la puerta a la inclusión de productos adicionales sin necesidad de modificar el acuerdo marco.

Garantías de la receta electrónica y desabastecimiento


El acuerdo refuerza los requisitos de uso de la Tarjeta Individual Sanitaria (TIS) en la dispensación electrónica, incorporando un sistema de control sobre los accesos manuales al sistema de receta electrónica, con la posibilidad de establecer acciones correctoras monitorizadas en colaboración con el Colegio de Farmacéuticos. También se detalla el proceso de adhesión y validación de los cupones precinto en los documentos justificantes.

Aunque se mantienen los plazos generales (10 días naturales desde prescripción o visado, 90 días para vacunas bacterianas o extractos hiposensibilizantes), la normativa actual incorpora excepciones y especificaciones adicionales sobre cuándo se considera válida una receta y los supuestos de refacturación de recetas en papel.

En cuanto al desabastecimiento de medicamentos, la normativa exige a las farmacias adecuar sus existencias de medicamentos y productos sanitarios a la prescripción habitual de los médicos de su área de influencia, lo cual supone una responsabilidad añadida de previsión de stock.

En conclusión, la normativa actual, además de una ampliación de los convenios de colaboración, introduce una mayor digitalización y automatización de procesos, así como un alineamiento más estricto con la normativa europea.
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